La imagen empresarial y el racismo que esconde: racismo en los códigos de vestimenta

¿Alguna vez te has cuestionado qué es la “imagen empresarial”, la “buena presentación” o la “imagen ejecutiva”? En los espacios laborales aún se usan esas expresiones para señalar cómo se debe ver una persona trabajadora, empresaria y exitosa.

Ese tipo de expresiones esconden de forma muy profunda el racismo y el clasismo existentes en nuestra sociedad. Abrir la conversación sobre el racismo en los espacios laborales es tratar temas visibles como el marketing, la publicidad y tocar temas casi imperceptibles o más especializados, como la discriminación racial en la contratación y los códigos de vestimenta.

El racismo es un sistema de opresión que asigna un lugar en la sociedad a individuos y/o a grupos específicos en función de sus características fenotípicas y étnicas, lo que implica que hay un grupo subordinado a otro. Dentro de un sistema racializado, la vida social de las personas y sus oportunidades, incluyendo la educación, el empleo, la vivienda, la atención de la salud y la representación legal están conformadas y limitadas por las asignaciones y las jerarquías raciales de ese sistema (Giddens, et al.  2017, pág. 287).  A pesar de la creencia de que en México no existe el racismo, porque gran parte de la población es morena, el racismo en el país está profundamente arraigado y hoy en día la apariencia física sigue siendo una condicionante para acceder y permanecer en un empleo.

En la Encuesta sobre Discriminación de la Ciudad de México (EDIS) de 2021, el 25.2 % de las personas encuestadas mencionaron haber sido discriminadas, de las cuales el 36.9 % mencionó que el hecho se dio en el trabajo, siendo éste el principal espacio en el que se discrimina en la ciudad; y las razones para ser discriminadas fueron principalmente las asociadas con la apariencia física como forma de vestir, color de piel e imagen.

Desde la experiencia del Consejo para Prevenir y Eliminar la Discriminación de la Ciudad de México (COPRED) con las empresas que forman parte del Gran Acuerdo por el Trato Igualitario-GATI (plataforma de vinculación del COPRED con empresas), en diversos ejercicios participativos pudimos observar que el racismo existe en las empresas y que la discriminación asociada con la apariencia es una problemática que la gran mayoría de las personas trabajadoras pueden percibir. Respecto a los casos de discriminación laboral en específico, las personas participantes mencionaron que han vivido y escuchado sobre casos de discriminación por género (42 %), racismo y clasismo (16 %) y por edad (13 %). Dentro de los espacios laborales existen importantes prohibiciones sobre la apariencia física, que limitan el libre desarrollo de la personalidad de las personas.

En el trabajo que se realiza desde la Secretaría Técnica del COPRED hemos acompañado y apoyado la revisión y modificación de códigos de vestimenta y, en general, hemos observado que estos instrumentos construyen una imagen de negocios a partir de estereotipos de belleza hegemónicos. Basta con ver las fotos que contienen para observar que lo que aún se piensa como imagen ejecutiva es ser una persona blanca, delgada, de aspecto juvenil que aparenta cierto estatus económico.

Pero, ¿de qué forma se ve el racismo y el clasismo en un código de vestimenta?

Los códigos de vestimenta son instrumentos usados por las empresas como un distintivo, con el fin de incentivar una cultura laboral de igualdad y representar a la empresa utilizando uniformes, colores o algún estilo de ropa particular; estos pueden ser de gran utilidad para las empresas en cuestión de igualdad, seguridad y unidad, sin embargo, se debe tomar en cuenta que la forma de vestir nunca puede justificar acciones de discriminación y otras formas de violencia en el trabajo.

La “imagen de negocios o ejecutiva” es subjetiva y está basada en ideas occidentales de cómo se ven las personas exitosas, olvidando que existen contextos en los que la ropa de negocios no implica únicamente el uso de traje sastre o la imagen de negocios que se plantea en estas políticas, sino que incluye una visión más amplia. Por ejemplo, la prohibición de pantalones de mezclilla, camisetas, bermudas o shorts y tenis en su profundidad esconden el clasismo basado en una visión empresarial de lo que es “presentable”.

Otro ejemplo es la restricción del uso de huaraches. El origen de esta prenda se relaciona con la identidad cultural de un gran número de pueblos indígenas de México, al ser parte de su vestimenta tradicional. Por lo tanto, es probable que esta prohibición se derive, entre otras cosas, de prejuicios y estereotipos construidos alrededor de las comunidades indígenas, que suelen otorgar una connotación negativa hacia prendas que están tradicionalmente relacionadas con su identidad, dando prioridad a la vestimenta occidental en el mundo de los negocios.

Es fundamental considerar que hay requisitos subjetivos que deben evitarse, por ejemplo, pensar en escotes de las blusas o lo ajustado de la ropa, pues no consideran la existencia de cuerpos diversos; mientras para ciertos cuerpos los escotes no son pronunciados, hay corporalidades en las que el escote se vuelve notorio. Esto se sigue basando en una imagen hegemónica de belleza, olvidando la gran diversidad étnico racial existente que también influye en las corporalidades. Lo limpio y pulcro también es subjetivo, además seguir mencionando estos términos en los códigos perpetúa prejuicios y estereotipos, ya que históricamente la suciedad se ha asociado a las personas morenas, indígenas y afrodescendientes.

El acceso al empleo o la promoción de las personas no puede estar condicionada por la capacidad de adquirir el uniforme o sus accesorios. Se debe buscar que las personas no tengan la necesidad de gastar su ingreso en tener una “apariencia de negocios”, ya que este tipo de requisitos pone en desventaja a las personas racializadas y a los grupos de población que tienen un menor nivel económico y de esa forma la discriminación en el empleo perpetúa las desigualdades.

Es fundamental revisar si en los códigos de vestimenta de las empresas se ven reflejados sesgos, prejuicios y estereotipos hacia personas o grupos históricamente discriminados. Además, se debe buscar en todo momento el respeto a la identidad de la persona. Los códigos de vestimenta deben estar basados en los principios de razonabilidad, lo cual implica que las prohibiciones están basadas en cuestiones de marca, como los colores de la empresa o los uniformes sin sesgos; y por cuestiones de seguridad, como el uso de cascos o botas, por ejemplo.

Es importante seguir reflexionando que “la imagen profesional y la buena presentación” son términos subjetivos que esconden prejuicios y estereotipos racistas. Por eso, es necesario que cambiemos la narrativa y que la apariencia física no siga siendo una condicionante para acceder o mantener un empleo.

* Maricela Hernández Martínez es asesora del Gran Acuerdo por el Trato Igualitario (GATI) de la Secretaría Técnica del @COPRED_CDMX.