IFT ordena a Telmex y Telcel vender teléfonos desbloqueados y sin contratos forzosos; América Móvil impugnará decisión

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El Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) aprobó nuevas medidas e impuso a Telcel y Telmex que son subsidiarias de América Móvil, la entrega de equipos terminales desbloqueados, además de evitar condicionamientos para la obtención de servicios. Además, eliminar plazos forzosos para la contratación de telefonía e internet.

En su vigésima sexta Sesión Ordinaria, el Pleno del Instituto indicó que estas medidas regulatorias son para promover una mayor competencia en beneficio de las personas usuarias.

“Con el fin de incentivar la competencia en el sector de telecomunicaciones, se reforzó el acceso a los servicios mayoristas y a canales de distribución, así como los mecanismos de supervisión y verificación al Agente Económico Preponderante en Telecomunicaciones (AEPT). Esta es la tercera revisión de las medidas asimétricas que realiza el IFT desde que fueron impuestas al AEPT, y cuyo objetivo es contar con una regulación más eficiente y efectiva que tome en cuenta las condiciones actuales en un sector tan dinámico como el de las telecomunicaciones”, precisó en un comunicado.

Añadió que el órgano regulador realizó una revisión de dichas medidas para eliminar posibles barreras, evitar prácticas anticompetitivas en los mercados de telefonía e internet móviles y fijos, teniendo como prioridad que los usuarios tengan más y mejores servicios a menor precio.

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“La modificación y nuevas medidas asimétricas que debe cumplir el AEPT son resultado de un exhaustivo análisis en el que se consideró el impacto en la competencia de las obligaciones impuestas desde 2014, y para lo cual se llevó a cabo un proceso de Consulta Pública sobre la efectividad en términos de competencia del 4 de enero al 30 de marzo del 2023”, destacó el IFT.

Buscan fortalecer ejes para generar mayor equilibrio

En su tercera revisión que realizó en su sesión, el IFT aseguró que busca una mejor competitividad en los mercados como: la libre elección de las personas usuarias sobre su operador de telecomunicaciones, el acceso a los servicios mayoristas, el acceso a canales de distribución y el fortalecimiento de los mecanismos de supervisión y verificación.

IFT ordena a América Móvil a desbloquear equipos; empresa impugnará resolución
Foto: Cuartoscuro

“En la revisión de medidas se realizaron modificaciones en la regulación que protegen a los usuarios finales, fortalecen la prestación de los servicios mayoristas en favor de la competencia y se mejoran los mecanismos de monitoreo del IFT”, añadió,

Puntos de la resolución

El órgano precisó nueve puntos que debe tomar a consideración América Móvil para garantizar a los usuarios una mejor rentabilidad de sus productos.

Desbloqueo de equipos terminales: El AEPT deberá entregar todos sus equipos terminales desbloqueados, sin distinción, entre los segmentos de prepago o pospago.

“Con esta medida las personas usuarias no tendrán que adquirir un equipo adicional cuando quieran cambiar de operador, lo que les permite elegir libremente a su proveedor de servicios de telecomunicaciones sin tener que asumir trámites adicionales como solicitar el desbloqueo”, sentenció.

Prohibición de condicionamientos: El AEPT no podrá condicionar o asociar el otorgamiento de bonificaciones, descuentos o beneficios de ninguna forma, entre el precio de comercialización de los equipos terminales u otros cargos considerados en el contrato de compra-venta con la provisión de los servicios de telecomunicaciones del usuario final.

Eliminación de plazos forzosos: Prohibió al AEPT establecer plazos forzosos o plazos mínimos en los contratos de servicios de telecomunicaciones.

“Esta medida permite que las personas usuarias que deseen cambiar de proveedor puedan hacerlo en el momento en el que lo decidan y sin necesidad de esperar a la conclusión de algún plazo. No obstante, las personas morales que requieran contratar sus servicios de telecomunicaciones móviles con un plazo de permanencia podrán solicitarlo de esta forma al AEPT”, explicó.

Eliminación de las estrategias de recuperación de usuarios por portabilidad: El AEPT no podrá contactar a los usuarios finales que decidieron separarse de su red durante los siguientes 60 días naturales a partir de la ejecución de la portabilidad.

“Con esta medida se garantiza el ejercicio de este derecho por el cual las personas usuarias se pueden cambiar de operador conservando su mismo número telefónico, y permite que las personas usuarias cuenten con un plazo razonable para experimentar los servicios de telecomunicaciones que les brinda su nuevo proveedor”, comentó

Replicabilidad económica: El Instituto podrá implementar pruebas de replicabilidad a ofertas a nivel individual de servicios de telecomunicaciones móviles, a fin de prevenir potenciales estrategias que impidan a sus competidores contratar los servicios mayoristas o replicar de manera rentable las tarifas minoristas del AEPT, así como las afectaciones de mediano y largo plazo que esas prácticas pueden tener sobre los competidores del AEPT.

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“Dichas pruebas se establecen con la finalidad de que las tarifas al público, lanzadas por el AEPT, puedan ser replicadas por los operadores móviles y con ello equiparar las ofertas minoristas del AEPT haciendo uso de los servicios mayoristas regulados, en combinación con los costos minoristas y de red”, puntualizó.

Servicios Mayoristas: El AEPT deberá prestar el Servicio Mayorista de Usuario Visitante a los concesionarios que lo soliciten por un nuevo periodo de hasta 5 años, lo que permite garantiza la continuidad de los servicios a los usuarios finales.

“Se incorporaron medidas que contemplan la posibilidad de cambiar el esquema regulatorio de tarifas mayoristas para el acceso y uso compartido de torres o sitios”.

IFT ordena a Telmex y Telcel vender teléfonos sin contratos forzosos; impugnarán resolución, dice
Foto: Cuartoscuro

Transparencia en contrataciones públicas: exhortó el organismo a entregar al IFT información periódica sobre los procesos de contrataciones públicas que le hayan sido adjudicados, de manera directa o indirecta a través de una empresa relacionada.

“Esta información permitirá al IFT monitorear las condiciones otorgadas respecto de los servicios de telecomunicaciones móviles y fijos que presta, y en seguimiento a las obligaciones establecidas en la regulación de preponderancia”, pidió el organismo.

Canales de distribución:  El AEPT no podrá implementar estrategias contractuales o comerciales que limiten el acceso de sus competidores a los canales de distribución de los servicios de telecomunicaciones móviles y equipos terminales, así como la venta de tarjetas SIM y recargas de tiempo aire.

“Con estas medidas se previenen prácticas que puedan impedir el acceso efectivo de los competidores a puntos de venta y distribución, lo que favorece la competencia en el segmento móvil”.

Sistema Electrónico de Gestión (SEG): De acuerdo con el IFT, el SEG es un sistema que funge como instrumento de comunicación para la provisión de los servicios mayoristas y para la consulta de información tanto por parte de los operadores como del Instituto.

“Se fortalecen las medidas que permiten al Instituto consultar la información relacionada con las solicitudes y reportes de los servicios mayoristas, así como sobre las solicitudes relacionadas con trabajos especiales. El acceso a información a través del SEG dotará al Instituto de más elementos y con mayor fiabilidad, lo que facilitará que el regulador pueda dar un seguimiento más puntual al cumplimiento de obligaciones por parte del AEPT”.

Impugnará América Móvil resolución de IFT

En tanto, la empresa de Carlos Slim impugnará la resolución del IFT, ya que estas medidas obedecen a competidores que no son comprometidos con el desarrollo del sector.

“(El IFT) No considera los profundos cambios ocurridos a más de 10 años de la imposición de medidas asimétricas, ni se sustenta en una evaluación integral de la competencia existente en los diferentes mercados que conforman el sector de telecomunicaciones. (…). En nuestro país que buscan mantener subsidios y privilegios regulatorios del IFT para suplir las inversiones productivas requeridas para competir eficazmente”, argumentó.

En un comunicado, aclaró que la resolución notificada determina adicionar y modificar ciertas medidas asimétricas, tanto en servicios móviles como en servicios fijos, siendo las principales:

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Roaming Nacional: Continuar prestando el servicio mayorista por un periodo de 5 años, exclusivamente en aquellas zonas en las que los concesionarios solicitantes no cuenten con infraestructura o no presten el servicio móvil.

Precisó que el servicio se prestará bajo bases tarifarias a ser negociadas libremente entre las partes, salvo en casos de desacuerdo donde el IFT resolverá las tarifas aplicables.

IFT ordena a América Móvil a desbloquear equipos; empresa impugnará resolución
Foto: Cuartoscuro

Usuarios Finales: (a) Entregar la totalidad de los equipos terminales desbloqueados; (b) se prohíbe establecer plazos forzosos o plazos mínimos en los contratos de servicios de telecomunicaciones (esta prohibición no es aplicable a los denominados “clientes corporativos”); y (c) se prohíbe condicionar o asociar el otorgamiento de bonificaciones, descuentos o beneficios, de forma cruzada o vinculada, entre el contrato de compraventa de equipos terminales y el contrato de prestación de servicios de telecomunicaciones.

Canales de Distribución: (a) Incluir ciertas obligaciones de no hacer en los contratos que se celebren con los principales puntos de distribución de terceros para la comercialización de servicios de telecomunicaciones, equipos terminales, tarjetas SIM y recargas de tiempo aire; y (b) entregar periódicamente al IFT diversa información relacionada con dichos contratos, finalizó.