Gente con discapacidad podrá hacer testamento

César Reyes

CIUDAD DE MÉXICO, agosto 9 (EL UNIVERSAL).- El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación invalidó la prohibición contenida en el Código Civil de la Ciudad de México para que personas con discapacidad visual, auditiva o de lenguaje pudieran hacer su testamento a través de medios electrónicos.

Como resultado del análisis de las impugnaciones formuladas por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), invalidó diversas disposiciones del Código Civil para el Distrito Federal (hoy Ciudad de México) que condicionaban la posibilidad de otorgar un testamento público abierto a través de medios electrónicos, a que el notario pudiera oír o hablar directamente con el testador.

El proyecto presentado por la ministra Yasmín Esquivel Mossa y aprobado por los otros ministros señala que conforme al artículo 4.3 de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, en todos los procesos de adopción de decisiones sobre cuestiones relacionadas con las personas con discapacidad, las autoridades deben colaborar estrechamente con éstas.

Lo anterior, mediante consultas previas, públicas, abiertas, regulares, accesibles, estrechas y con participación preferentemente directa, es decir, la Corte invalidó dichos preceptos al determinar que afectaban directamente los intereses de las personas con discapacidad, por lo que, de conformidad con los artículos 1 de la Constitución y 4.3 de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, existía la obligación de consultarles de forma previa, cuestión que no se llevó a cabo.

Los artículos invalidados son 1520 bis, párrafo primero, en las porciones: "y oír", "así como hablar con él", y último párrafo; 1520 ter, fracción III, en la porción: "de viva voz" y fracción VI, inciso c), en la porción: "así como que el testador no se encuentra en ninguno de los casos a los que se refieren los artículos 1515, 1516 o 1517 del presente Código", todos del señalado ordenamiento.

Se determinó declarar la inconstitucionalidad de las normas impugnadas, en tanto que las personas con discapacidad visual, auditiva o de lenguaje no fueron consultadas previamente a su emisión, pese a que afectan sus derechos al excluirlas de la posibilidad de otorgar su testamento a través de medios electrónicos.

En México existen más de 6 millones de personas con algún tipo de discapacidad, lo que representa 4.9% de la población total del país.