Gasto de ‘pre-precampañas’: ¿qué deben reportar aspirantes y partidos para la fiscalización del INE?

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¿Cuánto pueden gastar las y los aspirantes que recorren el país buscando competir por la Presidencia de la República y cómo tendrán que reportarlo ante las autoridades? 

El Instituto Nacional Electoral (INE) estableció lineamientos para que los partidos informen sobre los gastos de pre-precampañas y fijó los topes de gastos para aspirantes de Morena y el Frente Amplio por México.

Al hablar de ‘pre-precampañas’ se hace referencia a los procesos internos de los partidos políticos para definir a sus aspirantes presidenciales, los cuales han sido señalados por la opacidad en el gasto y por adelantarse a los tiempos marcados por la ley, razón por la que el INE tuvo que discutir y aprobar nuevas normas para regular la promoción.

En los Lineamientos generales para regular y fiscalizar los procesos, actos, actividades y propaganda realizados en los Procesos Políticos, que entraron en vigor el 26 de julio, El Sabueso revisó apartados como “Financiamiento y fiscalización”, “De los gastos”, “Presentación de los informes” y “Resultados de la fiscalización” para explicarte lo que requerirán la Comisión de Fiscalización y la Unidad Técnica de Fiscalización para la transparencia y rendición de cuentas de los procesos internos:

También puedes leer: Lineamientos del INE para ‘pre-precampañas’: ¿qué reglas aplican ahora a aspirantes de Morena y el Frente?

¿De dónde proviene el dinero para los procesos internos?

Los partidos podrán utilizar su financiamiento público ordinario para la organización de sus procesos políticos internos. Sin embargo, no podrán gastar los recursos destinados a actividades específicas y para el liderazgo de las mujeres.

Asimismo, los partidos podrán recibir hasta 2 millones 148 mil 166 pesos de aportaciones en efectivo y en especie de las personas inscritas, es decir, las y los propios aspirantes a la candidatura presidencial. Y hasta 537 mil 41 pesos de sus militantes y simpatizantes.

Los partidos políticos y las personas inscritas no deberán recibir aportaciones o donativos de los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial y los organismos autónomos, a nivel federal, estatal o municipal; de otros partidos políticos; de personas físicas o morales que vivan o trabajen en el extranjero así como de organismos internacionales; tampoco de personas morales ni de personas no identificadas.  

¿Qué gastos deben reportar los partidos y sus aspirantes?

El artículo 34 de los lineamientos enlista como gastos de los partidos vinculados a los procesos políticos internos los sueldos y salarios del personal contratado eventualmente. 

También están los servicios generales. Por ejemplo, arrendamiento de bienes inmuebles, viáticos y transporte, combustible, producción de videos, asesoría y consultoría, encuestas o consultas.

Otro gasto que los partidos deben reportar para los procesos internos es el de materiales y suministros, tales como papelería, artículos de aseo y limpieza, vestuarios y uniformes, entre otros. 

Finalmente está la propaganda para difundir los procesos internos, la cual incluye panorámicos o espectaculares, propaganda utilitaria, inserciones pagadas en diarios y revistas, salas de cine, pantallas digitales, bardas, volantes, mantas y gastos en redes sociales. 

Los lineamientos señalan que en los procesos políticos internos los partidos sólo podrán contratar bienes o servicios del catálogo del registro nacional de proveedores del INE y que no se encuentren en la llamada “lista negra del SAT”. 

Con respecto al tope de gastos, el INE ordenó a los partidos poner un límite a las y los aspirantes, con un monto de máximo 34 millones 370 mil 666.00 pesos por cada uno de ellos para todo el proceso político interno. En el caso de Morena, su dirigencia nacional estableció un tope de 5 millones de pesos, y en el del Frente Amplio por México aún no se da a conocer dicha cantidad.  

Las personas participantes deben designar a alguien responsable de sus recursos financieros que reporte: propaganda utilitaria (en artículos) y en medios impresos, cine, redes e internet, así como gastos operativos, de jornada y en servicios generales menores.

Según el reporte de gastos que ha presentado quincenalmente el dirigente de Morena, Mario Delgado, ninguno de los aspirantes ha llegado a los 5 millones de pesos; sin embargo, han omitido dar a conocer otros rubros mencionados en el Reglamento de Fiscalización del INE y la Ley General de Partidos Políticos, y no han reportado lo señalado en los nuevos lineamientos. Mientras que el Frente Amplio por México no ha dado detalles de fiscalización.

Para más información: ¿Y espectaculares y bardas? Reporte de gasto de aspirantes de Morena omite rubros que marcan normas de fiscalización

Las fechas clave para la fiscalización 

Si bien los lineamientos del INE entraron en vigor el 26 de julio, éstos especifican que el periodo de fiscalización debe incluir todo el proceso, desde la emisión del acuerdo o la convocatoria del proceso político interno para elegir “Coordinador(a) de Defensa de la Transformación” y “Responsable de la construcción de un Frente Amplio por México’’, y concluirá con la publicación de los resultados o declaración final. 

El Consejo Nacional de Morena definió el domingo 11 de junio un cronograma de su proceso interno que inició el lunes 12 de junio, con el registro de aspirantes, y concluirá el 6 de septiembre, con la entrega de resultados de las encuestas que se levantarán para definir la candidatura presidencial.

En el caso del Frente Amplio por México, el proceso arrancó el 4 de julio con el registro de aspirantes y se contemplan varias etapas y filtros, incluidos un foro nacional, dos encuestas, cinco foros regionales y una elección con voto libre, secreto y directo, programada para el 3 de septiembre, día en el que se dará a conocer a la persona ganadora.

El 2 de octubre de 2023, los partidos deberán presentar un informe definitivo de los ingresos y gastos correspondientes al desarrollo y organización de sus procesos internos. 

Asimismo, deberán presentar un informe de los ingresos y gastos vinculados directamente a cada una de las y los aspirantes a la candidatura presidencial. 

Para que esto ocurra, cada aspirante tiene que entregar a su partido político, o al partido que conduzca el proceso, un informe previo.

Los informes de los partidos políticos serán analizados por la Unidad Técnica de Fiscalización, que elaborará un dictamen para su análisis y aprobación, primero en la Comisión de Fiscalización del INE y, finalmente, en el Consejo General. Esto, con base en las siguientes fechas clave:

El 2 de octubre de 2023 los partidos deberán presentar un informe definitivo de los ingresos y gastos correspondientes al desarrollo y organización de sus procesos internos.
Captura de pantalla del Artículo 48 de los lineamientos del INE.

Estos procesos políticos fueron tolerados, tanto por el INE como por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, por considerarlos como parte de las “actividades ordinarias” de los partidos. Por ello, deben someterse a las reglas y tiempos de la fiscalización de los recursos que recibieron para estos fines en 2023.