Cómo funciona en Venezuela la “ley contra el odio” que Nicolás Maduro defendió después del atentado a Cristina

El presidente de Venezuela Nicolás Maduro
El presidente de Venezuela Nicolás Maduro

Luego del atentado contra Cristina Fernández de Kirchner, el presidente venezolano, Nicolás Maduro tildó el episodio de “golpe de Estado” y abogó por la Ley contra el Odio que se aplica en el país caribeño sobre medios y opositores, una opción que el kirchnerismo debate en las últimas horas con mayor fuerza. Pero, ¿en qué consiste la legislación que rige en Venezuela y por qué es considerada tan polémica?

La Ley Constitucional contra el Odio, por la Convivencia Pacífica y la Tolerancia, también conocida simplemente como Ley contra el Odio, fue aprobada por unanimidad por la Asamblea Nacional Constituyente de Venezuela, conformada exclusivamente por miembros oficialistas en noviembre de 2017.

La ley establece sentencias de hasta 20 años de cárcel para quien incite al odio, la discriminación o la violencia contra una persona o conjunto de personas mediante cualquier medio, y legaliza el bloqueo de portales que sean considerados inadecuados por su contenido. También indica que la persona que difunda un “mensaje de odio” en las redes sociales deberá eliminarlo dentro de las seis horas siguientes a su publicación, o de lo contrario deberá pagar una multa que va desde 50.000 a 100.000 unidades tributarias.

Protestas contra el presidente Maduro en las calles de Caracas
Protestas contra el presidente Maduro en las calles de Caracas - Créditos: @Juan Barreto

“Ha llegado la hora de, a través de un gran proceso político de creación de conciencia, castigar los delitos de odio, la intolerancia en todas sus formas de expresión y que se acaben definitivamente”, declaró el presidente venezolano antes los constituyentes en agosto de 2017 al consignar el proyecto de ley, según medios locales.

La ley también establece como sanción entre 8 a 10 años de cárcel a funcionarios que se abstengan, omitan o retarden la consumación de un delito de odio y al personal de salud que se niegue a atender a una persona por razones de odio.

La ley permite revocar la concesión del prestador de servicio de radio o televisión que promueva el odio o la propaganda de guerra, y señala que los medios de comunicación que no difundan mensajes “destinados a promover la paz, la tolerancia y la igualdad” serán multados con hasta 4% de los ingresos brutos causados en el ejercicio fiscal inmediatamente anterior a aquel en el que se cometió la infracción.

Por otro lado, la ley prohíbe la constitución de movimientos y organizaciones sociales que incumplan con lo establecido en su contenido. Igualmente, el artículo 11 ordena al Consejo Nacional Electoral (CNE) revocar la inscripción de las organizaciones políticas que promueven “el fascismo, la intolerancia o el odio nacional, racial, étnico, religioso, político, social, ideológico, de género, de orientación sexual, identidad de género, expresión de género y de cualquier otra naturaleza”. El artículo también señala que los partidos deberán contemplar entre sus normas disciplinarias la medida preventiva de suspensión y la sanción de expulsión de las personas que contravengan la ley.

Críticas

La polémica legislación ha sido ampliamente criticada en Venezuela. Sus detractores señalan que está diseñada para penalizar la disidencia política al tipificarla como delito, que establece restricciones a la libertad personal y que promueve la censura.

La Asamblea Nacional de Venezuela incluso declaró su nulidad “en rechazo al instrumento generador de odio e intolerancia promovido por Nicolás Maduro y la fraudulenta constituyente”, estableciendo que la ley viola los artículos 49, 51, 57, 58, 62, 68 y 202 de la constitución venezolana.

En un comunicado emitido en noviembre de 2017, la Relatoría Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) manifestó su preocupación sobre dicha ley porque “establece sanciones penales exorbitantes y facultades para censurar a medios tradicionales e Internet, en contradicción con los estándares internacionales en materia de libertad de expresión”.

La Relatoría explicó en el comunicado que “el Estado podrá castigar –a través del derecho penal– expresiones que pueden estar protegidas por el derecho a la libertad de expresión e incluso suprimir contenidos, al otorgarse al Estado la facultad de bloquear sitios en Internet y revocar las licencias de los medios de comunicación audiovisuales”.

Protestas piden por la liberación de un opositor
Protestas piden por la liberación de un opositor

Entretanto, la ONG Espacio Público denunció que con el instrumento aumentará la persecución y la criminalización en el país. “La paz a partir del discurso debe construirse, no se decreta. Una ley no puede sustituir el juicio de la sociedad fomentando la censura. La Ley constitucional contra el odio es un grave síntoma dado el contexto de represalia contra sectores disidentes”, indicó en Twitter.

Aplicación

El 3 de enero de 2018, Ronald Güemes y Erika Palacios fueron los primeros procesados por la Ley contra el Odio; ambos fueron detenidos cuando se desarrollaba una protesta vecinal contra el gobierno de Maduro y fueron apresados en la comandancia policial de Naguanagua, según informó El Nacional. Luis Armando Betancourt, coordinador de Foro Penal en Carabobo, denunció que la imputación se basó en declaraciones de funcionarios policiales que indicaron que habían expresado mensajes de perjuicios contra el presidente y calificó de irregular el proceso judicial porque la detención fue arbitraria, ya que “no estaban cometiendo ningún delito que pudieran imputársele”.

Desde entonces, decenas de civiles y activistas han sido detenidos y medios de comunicación multados o censurados por criticar al régimen de Maduro.

En octubre de ese año, a solicitud de la fiscalía, un tribunal solicitó una orden de aprensión contra el periodista de investigación Roberto Deniz por el supuesto delito de incitación al odio por los reportajes realizados contra el robo y estafa a los venezolanos a través de la importación de productos para el programa Clap.

En 2020, el politólogo disidente del chavismo y director del sitio web de noticias Punto de Corte, Nicmer Evans, fue detenido por presunta comisión del delito de “incitación al odio”. “El derecho consagrado de la libertad de expresión, la crítica a la acción política, la defensa y la resistencia ante la tiranía, no puede ser considerada instigación al odio”, dijo el politólogo antes de ser detenido en un video publicado en su cuenta de Instagram.