Escucha IECM experiencias para garantizar el voto desde prisión

CIUDAD DE MÉXICO, octubre 30 (EL UNIVERSAL).- La Red Nacional de Consejeras y Consejeros Electorales por una Democracia Incluyente (Renacedi, AC), el Instituto Electoral de la Ciudad de México (IECM) y el Instituto Electoral del Estado de Querétaro (IEEQ) organizaron la Mesa internacional de análisis sobre el voto desde prisión, en la que se conocieron experiencias que han posibilitado a personas privadas de su libertad la emisión de su sufragio en procesos electorales y de participación.

Estas actividades giran en torno a la sentencia, SUP-JDC-352/2018, emitida por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, que instruyó a la autoridad electoral nacional adoptar las medidas necesarias para que, a partir de 2024, todas las personas que se encuentran privadas de la libertad, sin sentencia, puedan votar.

Al respecto, la consejera presidenta del IECM, Patricia Avendaño, expuso que sorprende que apenas hasta el 2022 se reflexione en torno al derecho de votar de las personas en prisión preventiva, lo que representa una violación a sus derechos político-electorales.

"Porque quienes enfrentan esta situación, se encuentran frente a una medida cautelar y en tanto no tengan una sentencia condenatoria, no hay razón para que carezcan de sus derechos", destacó.

Subrayó la relevancia de reflexionar sobre el tema que posibilitaría garantizar el voto a las personas en prisión preventiva sin sentencia, así como compartir las experiencias de quienes ya lo llevaron a cabo, como son Bolivia y, en México, el estado de Hidalgo.

La consejera celebró la realización de este encuentro que permitirá construir la ruta que haga posible garantizar, a este grupo de atención prioritaria, el ejercicio pleno de sus derechos político-electorales.

En su intervención, la Presidenta de la Comisión Permanente de Género, Derechos Humanos, Educación Cívica y Construcción de Ciudadanía del IECM, Carolina del Ángel Cruz, señaló que el tema del voto de las personas en prisión preventiva ya tenía relevancia, pero ahora las autoridades electorales deberán diseñar las estrategias necesarias para garantizar el voto a este grupo de personas.

En tanto, el consejero del IEEQ Carlos Rubén Eguiarte, quien moderó el evento, indicó que es importante abordar este tema para garantizar el voto de las personas en prisión preventiva, escuchando nuevas perspectivas, porque la visión internacional es muy valiosa para saber cómo se hacen las cosas en otros países.

Ejemplo boliviano

En su conferencia magistral, la Presidenta del Tribunal Electoral Departamental de Cochabamba, Bolivia, Ruth Pontejo Claros, se refirió al derecho al voto de las personas privadas de la libertad, así como el contexto y el desarrollo histórico por el cual se permitió que este grupo de personas pudieran acceder al sufragio.

Indicó que Bolivia garantiza los derechos político-electorales y la participación a todas las personas, incluidas las que están privadas de la libertad, permitiendo el voto igualitario, directo, universal, libre, secreto y obligatorio.

Dijo que el voto implica a todas las personas mayores de 18 años, de manera obligatoria, porque así lo establece su Constitución, lo que da como resultado una participación de alrededor del 95% en los procesos electorales.

Finalmente, sostuvo que los derechos políticos como parte de los derechos humanos, se rigen bajo el principio de no discriminación, en este sentido, el voto universal es invaluable para el sistema democrático.

¿Cuántas personas en prisión podrían votar?

A su vez, el Consejero del Instituto Estatal Electoral de Chihuahua, Gerardo Macías Rodríguez, expuso que lo primero que se debe hacer para garantizar el voto de las personas en prisión preventiva es identificar a los "sujetos en opresión". En este sentido, informó que en México hay 93 mil 311 personas en prisión preventiva y que se encuentran en el supuesto de poder ejercer su voto.

Finalmente, consideró que es importante que los órganos electorales generen las condiciones necesarias para que las personas en prisión preventiva puedan ejercer su voto de manera libre y de con los datos suficientes para un sufragio informado.