Detención migratoria, piedra angular para la política migratoria en México

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“Cuando nos detuvieron no sabíamos a dónde estábamos. Estábamos con otras cincuenta personas. Había bebés y niños. Muchos. Nos quitaron el celular y nos dijeron que no teníamos permitido andarlos, que no podíamos llamar a nadie. Luego un oficial nos dijo que la hoja tarda entre quince y veinte días ya para dejarnos salir. Yo estaba desesperada porque no había medicinas. Mi niña estaba enferma”. Este es el testimonio de Ana, una mujer venezolana detenida con sus dos hijas de 7 y 9 años en la frontera sur a finales de febrero de 2024.

Al igual que Ana y sus hijas, entre enero y febrero de este año de acuerdo con cifras oficiales, más de 100 mil personas han sido detenidas por el Instituto Nacional de Migración (INM), pues en México la detención migratoria constituye el principal instrumento de contención de los flujos migratorios. La detención por razones migratorias está contenida en la definición más amplia de privación de libertad, que incluye cualquier forma de encarcelamiento, institucionalización o custodia de una persona, ordenada o bajo el control de una autoridad judicial o administrativa, ya sea en una institución pública o privada, en la cual no pueda disponer de su libertad.

En consecuencia, aunque en México se utilizan eufemismos como “alojamiento”, “aseguramiento”, “rescate” o “resguardo” para esta práctica, en realidad se hace referencia al confinamiento de personas migrantes por parte del INM dentro de Estaciones Migratorias, con motivo de determinar su situación migratoria en un país donde migrar no constituye un delito.

Así, aunque existen avances en materia jurídica para limitar el uso de la detención migratoria en México, lo cierto es que existen fallas estructurales que no han sido atendidas. Por ejemplo, aunque en 2020 se modificó la legislación para prohibir la detención de niñas, niños y adolescentes migrantes en las estaciones migratorias, la realidad es que quienes no están acompañadas son canalizadas al DIF, institución que les mantiene privados de su libertad en albergues a puertas cerradas.

Apenas en 2023, la Suprema Corte de Justicia de la Nación estableció que la detención migratoria no debía de realizarse de forma automática y debía tener una duración máxima de 36 horas. Sin embargo, actualmente la detención continúa siendo la única medida que toma el INM cuando detecta que una persona que se encuentre en una situación migratoria irregular, cuya detención, en muchos casos, se extiende por más del tiempo permitido y suele derivar en procesos de expulsión que no atienden las necesidades de las personas.

Además, las estaciones migratorias presentan carencias sistemáticas, como una ausencia de servicios básicos para las personas, incluidos alimentos adecuados y de calidad, servicios sanitarios y de higiene, lo que agrava la situación traumática que implica la detención.

A todo ello, hay que sumar el actuar arbitrario de las autoridades que colocan a las personas detenidas en un entorno de incertidumbre, en donde no les brindan información sobre su paradero, sus derechos, ni el procedimiento en curso, además de que suelen ser aisladas del exterior, ya que pocas veces les permiten hacer llamadas con condiciones de privacidad o tener visitas por parte de familiares e incluso de sus representantes legales u organizaciones de sociedad civil.

Todos estos elementos fueron el catalizador para que el 27 de marzo de 2023 se diera el incendio en la Estación Migratoria de Ciudad Juárez, en donde 40 personas murieron y 28 más resultaron con lesiones, sin que a la fecha se haya establecido la responsabilidad del Comisionado del Instituto Nacional de Migración, ni se les haya brindado una reparación satisfactoria a las víctimas, familiares y sobrevivientes de la tragedia.

Adicionalmente, tal como han denunciado las organizaciones que acompañan a las víctimas, el Estado Mexicano no les ha brindado una reparación integral y ha negado el acceso a la justicia para familiares y sobrevivientes.

Pese a ello, la detención migratoria continúa siendo la piedra angular de la política migratoria en México, como se puede ver en las estadísticas oficiales, a lo cual debe sumarse que estos hechos siguen replicándose. Por ejemplo, con el fallecimiento de una persona al exterior de la Estación Migratoria de San Luis Potosí, tras ser liberado en altas horas de la madrugada en diciembre de 2023. Otro caso se registró en la Estación Migratoria Siglo XXI en Tapachula, Chiapas, en donde apenas en enero de 2024 una persona migrante murió bajo la custodia del INM.

Ante este panorama, desde la REDODEM hacemos un llamado para que:

  1. Se hagan efectivos los avances legislativos que limitan la detención migratoria en el país

  2. Se establezcan medidas para garantizar la no repetición como los lamentables hechos ocurridos el 27 de marzo de 2023 en la Estación Migratoria en Ciudad Juárez

  3. La no criminalización de las personas en contextos de movilidad humana debe ser el punto de partida  en la adopción de medidas alternativas a la detención migratoria, que hagan de la detención una excepción y no la regla.

@RedodemMX