El ente electoral en Paraguay establece el cobro de multa por no votar
Asunción, 27 abr (EFE).- El Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE) de Paraguay estableció este jueves, cuando faltan 72 horas para los comicios generales en el país, el cobro de una multa equivalente a un día de salario mínimo a quienes no acudan a las urnas.
El jornal del salario mínimo está tasado actualmente en Paraguay en 98.000 guaraníes (unos 13,49 dólares).
El TSJE estableció, mediante la resolución N° 145/2023, el reglamento para aplicar la multa prevista en el Código Electoral por no participar en las elecciones nacionales o municipales.
El documento estableció que, después de la proclamación de las autoridades elegidas en los comicios nacionales o municipales, la dirección de registro electoral elaborará la lista de ciudadanos habilitados "que no cumplieron con la obligación de votar".
Estarán excluidos los electores mayores de 75 años, los residentes en ciudades del exterior donde no se hayan habilitado mesas de votación, los privados de libertad, así como los magistrados electorales y los funcionarios de la Justicia Electoral que cumplieron funciones el día de la votación.
Los listados serán remitidos en los 120 días posteriores a la votación a los fiscales electorales, que, en un plazo de 10 días después de recibir los documentos, deberán solicitar al juez electoral la aplicación de la sanción prevista en la ley.
Una vez en poder del juez electoral comenzará un proceso durante el cual el ciudadano deberá presentar los documentos que los excluyen de votar.
Será el juez quien dicte la sentencia y posteriormente tendrán lugar los trámites para hacer efectiva o no la misma.
El domingo, unos 4,8 millones de paraguayos están convocados a participar en los comicios para elegir a presidente, vicepresidente, diputados, senadores, gobernadores e integrantes de juntas departamentales.
(c) Agencia EFE