La Anmat prohibió la venta de un aceite de oliva producido en Mendoza

La resolución salió publicada en el Boletín Oficial
La resolución salió publicada en el Boletín Oficial - Créditos: @Marian Weyo

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) prohibió la elaboración y comercialización en todo el país de un aceite de oliva extra virgen. Tras una exhaustiva investigación, se determinó que la marca “Valle” elaborada en Mendoza, no cumple con la requerida normativa alimentaria vigente.

Mediante la disposición 5752/2024, publicada este miércoles en el Boletín Oficial, el organismo dependiente del Ministerio de Salud justificó su decisión para “proteger la salud de los ciudadanos”. El producto investigado, identificado como “ Aceite de oliva extra virgen, marca Valle - Industria Argentina - Origen Mendoza - RNE: 133712506 - RNPA: 13182436” , presenta irregularidades significativas en sus registros sanitarios y fue falsificado el rotulo del envase, con identificaciones inexistentes, lo que lo convierte en un producto ilegal.

El aceite de oliva extra virgen prohibido por la Anmat
El aceite de oliva extra virgen prohibido por la Anmat

Como resultado de esta investigación, la Anmat emitió una disposición que prohíbe la elaboración, fraccionamiento y comercialización de estos productos en todo el territorio nacional y en plataformas de venta en línea. Además, extendió la prohibición a cualquier producto que exhiba los registros sanitarios mencionados en sus etiquetas, con el fin de prevenir la venta de productos falsamente rotulados.

El organismo, que vela por la salud y seguridad de los consumidores, debe garantizar que los productos alimenticios cumplan con los estándares de calidad y seguridad establecidos por la normativa vigente. Por este motivo, insta a los consumidores a abstenerse de adquirir productos que presenten irregularidades en sus etiquetas y a reportar cualquier anomalía a las autoridades correspondientes.

Por otro lado, en el Boletín Oficial del lunes de esta semana, en la Disposición 5693/2024 el mismo organismo decidió hacer lo propio, pero con otro producto. Se trata de un repelente de mosquitos.

En el artículo primero de la norma se estableció: “Prohíbese el uso, la comercialización, la publicidad, la distribución en todo el territorio nacional y la publicación en plataformas de venta en línea del repelente de insectos ilegítimos de origen nacional, en todos los lotes, presentaciones y contenidos netos denominado: Loción repelente de insectos con aceite esencial de citronella, marca Levopen”.

La razón fue que se consideró como un “repelente de insectos ilegítimo, no inscripto en Anmat”, del cual “se desconoce el establecimiento que estuvo a cargo de su elaboración”, y en consecuencia “no es posible brindar garantías acerca de su eficacia, seguridad y/o formulación con ingredientes permitidos por la normativa vigente”.

El repelente de mosquitos prohibido por la Anmat
El repelente de mosquitos prohibido por la Anmat