¿Debo informarle a un comprador si mi casa está embrujada? Lo que dice la ley de California
Comprar y vender una casa en California requiere total transparencia.
A medida que se acerca Halloween, hay una pregunta inquietante que ronda el mercado inmobiliario: ¿Están los vendedores y agentes de California obligados a revelar si una propiedad está embrujada al vender una casa?
Esto es lo que encontraron nuestros periodistas de How To California, una serie impulsada por la comunidad para ayudar a los lectores a navegar por la vida en el Estado Dorado.
¿Qué dice la ley de California sobre revelar si una casa está embrujada?
La ley de California no menciona directamente la actividad paranormal cuando se trata de vender una casa, dijo Zillow en un comunicado de prensa en octubre de 2023.
Sin embargo, la ley exige que los residentes de California divulguen cualquier muerte ocurrida en el hogar en los últimos tres años.
¿Los vendedores tienen que informar a los compradores de viviendas sobre una muerte en la propiedad?
Según el Código Civil de California 1710.2, los vendedores deben revelar cualquier muerte ocurrida en la propiedad dentro de los tres años posteriores a la fecha de venta.
“Esta sección no se interpretará como una exención para que un propietario o su agente no realicen declaraciones falsas intencionales en respuesta a una consulta directa de un cesionario o un posible cesionario de un inmueble, en relación con muertes en el inmueble”, dice la ley.
Por lo tanto, si un comprador pregunta directamente, el vendedor debe proporcionar información honesta sobre cualquier muerte, apariciones fantasmales o actividad paranormal en la propiedad, según Schorr Law.
La mejor práctica para un vendedor es revelar todo lo que sepa sobre la casa, escribió el agente inmobiliario jubilado Jeff Jurach en un correo electrónico a The Sacramento Bee en julio de 2023.
“Siempre les aconsejo a mis vendedores que revelen CUALQUIER muerte en la propiedad de la que tengan conocimiento”, dijo Jurach. “Si bien la ley exige la divulgación, no protege a nadie de no hacerlo”.
En algunos casos, dijo Jurach, el valor de una propiedad puede depreciarse debido a una muerte en el hogar.
¿Existen excepciones a la ley?
Existe una excepción a la ley de agentes inmobiliarios de California.
Según la Asociación de Agentes Inmobiliarios de California, si una persona murió debido al VIH o SIDA, entonces no es necesario revelar la información al comprador.
La ley de divulgación, aprobada en 1986, protege al vendedor de revelar detalles de la muerte cuando un comprador pone el tema en tela de juicio.
La ley tenía como objetivo proteger contra la estigmatización y la discriminación, informó The Los Angeles Times en 1990.
Si un comprador le pregunta a un vendedor o a un agente inmobiliario sobre la historia de la casa, el agente inmobiliario debe responder honestamente sobre cualquier muerte que haya ocurrido en la propiedad, según la Asociación de Agentes Inmobiliarios de California.
No importa cuánto tiempo haya pasado desde que ocurrió la muerte.
¿Cuáles son los requisitos de divulgación para los vendedores de viviendas en California?
Como vendedor, debe estar preparado para responder las siguientes preguntas relacionadas con la muerte en la propiedad, según la Asociación de Agentes Inmobiliarios de California:
¿La muerte ocurrió en la propiedad?
¿El fallecido era ocupante de la propiedad?
¿La muerte ocurrió en los últimos tres años?
Aunque algunos vendedores pueden dudar en revelar una muerte porque técnicamente no cumplen con los criterios enumerados anteriormente, lo mejor es decir siempre lo que se sabe.
Especialmente en casos en los que “la muerte fue particularmente notoria y estigmatizó la propiedad de tal manera que pudo haber afectado el valor o la conveniencia de la misma”, según la Asociación de Agentes Inmobiliarios de California (por ejemplo, asesinato).
“Un buen criterio es que si el vendedor tiene miedo de que el comprador cancele el contrato debido a una divulgación, debería preocuparse más por ser demandado por falta de divulgación”, dijo Jurach.
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