¿Podrían los cubanos en el exterior perder sus casas en la isla? Esto es lo que sabemos

Una reforma migratoria propuesta recientemente en Cuba no elimina las restricciones de derechos para los cubanos que viven en el extranjero e incluye nuevas disposiciones que podrían poner en peligro los derechos de propiedad de algunos, aunque aún se desconoce su alcance debido a la falta de detalles del documento.

Contrario a lo que reportaron algunos medios, el borrador de una nueva ley de inmigración publicado esta semana por la Asamblea Nacional mantiene distinciones entre quienes viven permanentemente en la isla y en el extranjero. Divide a estos últimos en tres categorías: “residentes en el exterior”, para quienes viven en otros países y no tienen “residencia efectiva” en Cuba; “emigrados” y aquellos con estatus de “negocios” o de “inversores” de nueva creación.

La propuesta aclara que sólo los cubanos clasificados por las autoridades migratorias como residentes permanentes en la isla tendrán plenos derechos de ciudadanía y “disfrutan de los derechos y garantías que establece la Constitución... y demás disposiciones normativas”. No existen afirmaciones similares en el texto en relación a los cubanos residentes en el exterior en ninguna de las tres categorías descritas.

El borrador eliminó el tan criticado plazo de dos años como tiempo autorizado para estar en el extranjero antes de que los cubanos sean considerados “emigrados” y despojados de su residencia, otras propiedades y derechos políticos. Según esta regla, aquellos que viven en el extranjero pero regresan a la isla al menos una vez dentro de ese período pueden conservar su estatus de residencia y sus propiedades, pero no pueden votar.

Esa disposición de tiempo ha estado suspendida desde 2020. Pero fue sustituida en la propuesta por la noción mucho más estricta de “residencia efectiva migratoria”, que requeriría pasar “la mayor parte del tiempo” de un año calendario en el país o una combinación de tiempo y “otras evidencias materiales que demuestren arraigo en el país”.

Bajo tales reglas, aquellos clasificados como “residentes en el extranjero”, una gran parte de los inmigrantes recientes, no podrán mantener su residencia en la isla como antes, dejando abierta la cuestión de los derechos sobre la propiedad. Actualmente, sólo los cubanos con residencia permanente pueden ser propietarios de casas o empresas privadas.

La propuesta de ley no menciona los derechos de propiedad. A menos que esté específicamente autorizado en las regulaciones complementarias que no han sido publicadas o en futuras regulaciones de vivienda, la nueve medida abre la posibilidad de que los cubanos que viven en el extranjero no puedan mantener sus casas en la isla por mucho más tiempo si la residencia permanente continúa siendo un requisito para ser propietario de una vivienda.

La legislación propuesta tampoco elimina el estatus de “emigrado”, afirmando que los cubanos declarados como tales antes de que se promulgue la ley, mantendrían dicho estatus a menos que soliciten cambiarlo a “residente en el exterior” bajo procedimientos no descritos en el texto. El documento no describe los beneficios de tal cambio.

En un programa de la televisión estatal el jueves, un funcionario de alto rango del Ministerio del Interior, eludió preguntas sobre los derechos de propiedad al comentar sobre el proyecto de ley.

“El tema de los derechos patrimoniales, que es algo que también se pregunta con mucha reiteración, la ley no tiene ninguna relación directa con el ejercicio de esos derechos”, dijo el teniente coronel Raylan Hernández Concepción al ser consultado por la presentadora si con la nueva ley, los cubanos que viven en el extranjero “ya no perderían sus derechos aquí”.

El funcionario dijo que el proyecto de ley “no aplica ninguna fórmula que vaya en contra del ejercicio de esos derechos” y que otras leyes deberían definirlos.

El jefe de la sección de inmigración del Ministerio del Interior, el coronel Roberto Aguilera Puig, dejó claro que la intención detrás de la nueva ley era endurecer los controles sobre quién puede obtener la residencia permanente en la isla.

Dijo que el requisito de “residencia efectiva” permitiría al Ministerio saber con mayor precisión quién reside en el país. Otro “beneficio”, dijo, es que cerraría dos vías legales que anteriormente permitían a los inmigrantes cubanos mantener su residencia permanente en la isla sin dejar de residir y pasar gran parte de su tiempo en el extranjero: un permiso especial para vivir en el extranjero, conocido como PRE, y un proceso conocido como “repatriación”.

La “residencia efectiva”, dijo, permitiría “resolver la contradicción jurídica de considerar que mantienen el domicilio en Cuba los ciudadanos cubanos que ostentan la condición de residentes en el exterior”.

Los funcionarios dijeron que esperaban que la propuesta fuera votada por la Asamblea Nacional en julio.

Salvo los ya declarados como “emigrados”, los cubanos residentes en el exterior tendrán 180 días para decidir si regresan al país y “se someten” a las nuevas normas de residencia efectiva o serán considerados residentes en el exterior, dijo Hernández Concepción.

Varios informes de los medios, incluida una historia de la agencia de noticias española EFE, se centraron en la eliminación de la restricción de 24 meses y concluyeron que la propuesta de ley de inmigración permitiría a los cubanos en el exterior mantener sus propiedades en la isla.

Pero algunos expertos advierten que sin todos los detalles, se desconoce si eso sería cierto.

“El hecho de haber eliminado el término de 24 meses no quiere decir que la política migratoria del régimen cubano haya cambiado”, dijo Eloy Viera Cañive, abogado cubano y colaborador del sitio de noticias de Cuba El Toque.

“No ha cambiado la lógica del régimen cubano de limitar los derechos de los emigrados o de las personas que deciden salir de Cuba”, afirmó. “Habrá que esperar a la reglamentación futura o a las modificaciones de otras normativas para tener claro hasta dónde llegará esa limitación”.