Corte determina que Congreso de Tamaulipas tiene última palabra sobre fuero de funcionarios acusados por delito federal

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Por mayoría de 8 votos, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que el Congreso de Tamaulipas tiene la última palabra para determinar si quita o no el fuero a servidores públicos locales acusados por haber cometido delitos federales. 

Así lo determinó el Máximo Tribunal del país al resolver la acción de inconstitucionalidad 112/2021, promovida por el presidente Andrés Manuel López Obrador, por la que impugnó diversas disposiciones de la Constitución Política de Tamaulipas y de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos, así como el artículo segundo transitorio del Decreto LXIV-538, publicado en el Diario Oficial de dicha entidad. 

El asunto llegó a la Corte luego de que el Congreso de la Unión emitió en 2021 una “declaración de procedencia” por la que determinó quitar el fuero al entonces gobernador Francisco Javier García Cabeza de Vaca, con la finalidad de que la Fiscalía General de la República (FGR) pudiera ejercer acción penal en su contra por el delito de defraudación fiscal, pero que fue rechazada por el Congreso local. 

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En ese sentido, si bien la Corte determinó que el Congreso de Tamaulipas puede decidir si homologar o no una declaración de procedencia de la Cámara de Diputados (Federal), señaló que no limita ni al Congreso Federal ni a la Fiscalía General de la República o a los tribunales de la federación a actuar en consecuencia. 

“Quien comete un delito debe cumplir con su pena una vez juzgado y detentar un cargo público jamás debe ser sinónimo de blindaje o de impunidad”, dijo la ministra Ana Margarita Ríos Farjat, ponente del asunto, aunque aclaró que este asunto no trata de ningún funcionario en particular ni de su fuero e inmunidad, pues en esta acción “se analizan normas, no actos”

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Foto: Cuartoscuro/Archivo

¿Qué sucedió en Tamaulipas con fuero de Cabeza de Vaca? 

El 30 de abril de 2021, con 302 votos a favor, 134 en contra y 14 abstenciones, la Cámara de Diputados avaló quitarle el fuero constitucional al entonces gobernador García Cabeza de Vaca, con la finalidad de que la FGR pudiera ejercer acción penal en su contra por el delito de defraudación fiscal.

De forma casi inmediata, esta acción fue frenada por el Congreso del Estado de Tamaulipas, dado que la Constitución local y diversas leyes señalan que este poder es la última instancia que puede determinar si retira o no el fuero de un servidor público local. 

Dos meses después, en junio de 2021, el Congreso de Tamaulipas llevó a cabo una reforma al artículo segundo transitorio del Decreto LXIV-538, publicado en el Diario Oficial, para agregar características de “definitividad e inatacabilidad” de las decisiones del Congreso local en este tema, decisión que fue impugnada por el Poder Ejecutivo.  

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Al resolver el asunto, en primera instancia la ministra Ríos Farjat señaló que desde 1984, Tamaulipas estableció un procedimiento sobre qué hacer en estos casos y se reservó el derecho de coincidir o no con la Cámara de Diputados sobre proceder contra sus funcionarios. 

Además, indicó que -como dice el artículo 114 constitucional- en caso de cometer un ilícito los plazos de prescripción se interrumpen en tanto el servidor público desempeña alguno de los encargos a que hace referencia el artículo.

“La remoción del fuero de un servidor público local, aunque sea por delitos federales, tiene un impacto jurídico, político y de gobernanza en la entidad local, lo que implica que un elemento más, que es la voluntad de esa entidad local, debe tomarse en cuenta para formular la ecuación correcta. De hecho, este es el estándar del artículo 111 constitucional: La Federación no puede actuar directamente, aunque sean delitos federales porque existe un fuero otorgado por un estado”, señaló. 

Actualmente, Cabeza de Vaca busca una diputación y con ello obtener un fuero federal, candidatura que ya fue impugnada por el partido Morena ante el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación. 

Chocan en Corte por calificaciones de Batres

Durante la discusión del asunto, tanto la ministra Yasmín Esquivel Mossa como Loretta Ortiz Ahlf se pronunciaron en contra del proyecto, al considerar que las legislaturas locales no pueden inmiscuirse en la determinación de si procede o no retirar el fuero

“Considero que ningún ciudadano y menos aún quien ocupa un cargo público puede tener garantías reforzadas para rehuir a someterse a una jurisdicción de un juez penal ante quien puedan mostrar su inocencia. Para mí la regla general es que ninguna persona debe tener más garantías que otras para negarse a enfrentar un proceso penal y que la única excepción es el juicio de procedencia que inicia y concluye la Cámara de Diputados”, dijo Esquivel Mossa.  

No obstante, al hacer el uso de la palabra la ministra Lenia Batres Guadarrama aseguró que en las últimas semanas tanto el Pleno de la Corte como la ministra Ríos Farjat han actuado “oficiosamente el tema del proceso legislativo”. 

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Foto: Cuartoscuro

“La ministra Margarita Ríos estudió este tema oficiosamente en la acción de inconstitucionalidad 85/2023, que vimos también en los últimos días respecto de un caso del estado de Michoacán”, dijo.

Esta calificación hizo que ministros como Pérez Dayán o Aguilar Morales se pronunciaran en contra al considerar que las determinaciones de las y los ministros “consiste en que sus decisiones no solo deben ser razonables, sino apegadas siempre al texto supremo”. 

“No se trata entonces que sus miembros busquen dar una justificación a sus opiniones o votos motivados por temores, prejuicios, presentimientos o predicciones. Tampoco por un mero concepto subjetivo y menos aún especulativo o sesgado, faltaba más. Nada de eso debe suceder si su deber es derivar soluciones a partir de los propios principios constitucionales”, dijo Pérez Dayán.

Incluso la ministra Ríos Farjat respondió al pedir ser “cuidadosos en no contribuir a un clima de desinformación de la sociedad”, puesto que de entrada el asunto discutido el día de hoy no tiene nada que ver con “violaciones al procedimiento legislativo”. 

“Podrá coincidir con el sentido del proyecto o no, pero no estaría de acuerdo en imponer al proyecto calificativos confusos y metafóricos con poco asidero en su realidad práctica. Un manto de impunidad cuando la voluntad del pueblo de México expresada en su Constitución federal no se atiende”, dijo. 

En respuesta la ministra Batres aseguró: “Lo anoto porque me parece que es relevante y lo anoto con el absoluto respeto que me merece cada uno de los ministros, porque además han sido absolutamente respetuoso con mi persona, no tengo ningún tema personal, pero creo que no tenerlo no implica no hacer notorios hechos que uno cree que son relevantes para una discusión intelectualmente honesta que debe darse en este Pleno”.