Controversia en España: una ley impulsada por el Ministerio de la Igualdad tuvo el efecto contrario y están saliendo de la cárcel agresores sexuales

Masiva manifestación en 2018 contra la leve sentencia contra la "manada", el caso que impulsó la modificación de la ley para violadores
Masiva manifestación en 2018 contra la leve sentencia contra la "manada", el caso que impulsó la modificación de la ley para violadores

BARCELONA.- El incesante goteo de violadores y agresores sexuales excarcelados en virtud de la reciente entrada en vigor de una reforma del Código Penal para los casos de violencia sexual abrió una brecha entre el gobierno español y la Justicia. Aunque la nueva ley tenía como objetivo garantizar los derechos de las víctimas, su efecto no deseado ha sido una rebaja de condenas en algunos casos ya judicializados, generando una gran controversia social. Mientras fuentes de la magistratura alegan que las liberaciones se deben a que la nueva norma, conocida popularmente como la ley del “solo sí es sí”, contiene defectos de forma, desde el Ministerio de Igualdad se acusa a los jueces de interpretar la legislación con un sesgo “machista”.

La ley del “solo sí es sí” fue aprobada en mayo y entró en vigor hace poco más de un mes, momento en el que los tribunales recibieron una cascada de pedidos de revisión de condenas. La elaboración de la norma fue producto del clamor social que provocó la llamada “sentencia de la manada” en 2018, que consideró que la violación en grupo de una chica en Pamplona se trató de un “abuso” y no una “agresión sexual” ya que la víctima no ofreció resistencia. Aquel caso sirvió de acicate para la eclosión de un potente movimiento social feminista en España, que desde entonces ha logrado sacar a las calles a millones de personas cada 8 de marzo.

La nueva norma, que castiga toda relación sexual que no cuente con un consentimiento expreso, eliminó la distinción entre “abuso” y “agresión” para agrupar todos los delitos sexuales dentro esta última categoría. Ahora bien, al pasar a incluir conductas menos graves bajo la figura de “agresión”, rebajó las penas mínimas en esta categoría de 6 a 4 años de cárcel. Con la suma de diversos agravantes, el máximo castigo se elevó a 15 años de cárcel. Es decir, la legislación actual ofrece a los jueces un mayor abanico de penas para que modulen la sentencia en función de los hechos.

Hasta el momento, tras la reducción de la pena mínima a cuatro años, la revisión de las condenas de cárcel dictaminadas por los tribunales se ha traducido en la reducción de penas a once reos. De estos, un total de cinco han sido puestos en libertad puesto que ya habían superado su condena una vez retocada. En varios de estos casos, las víctimas eran menores de edad. Actualmente, decenas de presos se hallan a la espera de que los tribunales resuelvan sus peticiones de reducción de penas. Incluso el abogado de uno de los integrantes de “la manada” ha declarado que pedirá que su cliente se acoja a una revisión de su sentencia.

 La ministra de Igualdad, Irene Montero
La ministra de Igualdad, Irene Montero

La ministra de Igualdad, Irene Montero, que desempeñó un papel central en la aprobación de esta reforma del Código Penal, cargó contra la “mala interpretación” que han hecho los jueces de la norma. Montero, del partido izquierdista Podemos, achacó las liberaciones a “los sesgos machistas que comprometen la imparcialidad del sistema de justicia”, e insistió en la necesidad de mejorar la formación de los magistrados para que “manejen los casos de una manera sensible al género”.

Sin embargo, fuentes de la magistratura recordaron que el Consejo General del Poder Judicial ya advirtió antes de la aprobación de la ley que podría provocar efectos no deseados al rebajar la pena mínima. El problema actual se podría haber subsanado incluyendo una disposición adicional que ofreciera una guía sobre cómo interpretarla para casos ya juzgados.

La Constitución española incluye el principio de retroactividad, que obliga a aplicar la ley más beneficiosa para el reo ante cualquier cambio legal. “Sería inconstitucional no hacerlo. Y todas las leyes deben aplicar el principio de constitucionalidad”, sostiene Xavier Arbós, catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad de Barcelona.

Mientras la situación ha generado una visible incomodidad en las filas del PSOE, la oposición ha aprovechado para atacar al gobierno calificando de “chapucería” la reforma legal. “Hoy tenemos en España una ley que desprotege a las víctimas, a las mujeres y a los menores... todo por culpa de ustedes, empeñados en legislar desde la ideología, de espaldas a la realidad, y sin escuchar a los especialistas”, ha arremetido Rosa María Romero, diputada del Partido Popular.

Desde las organizaciones feministas, se ha pedido una reforma de la ley para evitar las lagunas actuales, pero se considera que, en términos generales, la norma representa un avance. La razón es que, además de obligar al consentimiento en las relaciones sexuales, tipifica algunos delitos que antes no estaban castigados, como el acoso a través de las redes sociales o la violación por sumisión química.

Otra posible solución al problema actual sería que la Fiscalía emitiera una circular que sirviera de guía sobre cómo interpretar la norma ante peticiones de reducción de condenas. El Fiscal General del Estado, Álvaro García Ortiz, se mostró ayer abierto a estudiar el tema.