Contrato por horas en Ecuador: la apuesta entre crear empleo joven y temor a la precarización

Quito, 19 abr (EFE).- La posibilidad de introducir el contrato laboral por horas ha sido invocada por el presidente de Ecuador, el empresario Daniel Noboa, en el referéndum multitemático del próximo domingo, una propuesta que deambula entre el interés por el empleo joven y el temor a una mayor precarización.

"¿Está usted de acuerdo con enmendar la Constitución y reformar el Código de Trabajo para el contrato de trabajo a plazo fijo y por horas, cuando se celebre por primera vez entre el mismo empleador y trabajador, sin afectar los derechos adquiridos de los trabajadores, de acuerdo con el Anexo 4?", señala la pregunta E del referéndum de Noboa, que también contiene otros temas como la seguridad y las inversiones.

Y aunque en el "Anexo 4" de la pregunta se prohíbe la precarización, el mayor temor es que finalmente este proyecto termine por afectar los derechos de los trabajadores.

Ivonne Núñez, la ministra de Trabajo de Ecuador, dijo estar convencida de que las circunstancias actuales alientan a una flexibilización de los contratos de empleo, sobre todo para favorecer a los jóvenes, los más afectados por la carestía de fuentes de trabajo.

Núñez, en el debate sobre este tema, ha sugerido ver a países en los que esta modalidad se cumple sin la pérdida de la seguridad social, lo que permitirá que los trabajadores accedan al mercado laboral con mayor prontitud, sobre todo la mano de obra joven.

Un 70 % de trabajadores sin empleo formal

Y es que en un país donde el 70 % de personas en capacidad de trabajar no tiene un empleo adecuado y donde la pobreza afecta a más de la tercera parte de la población, esta posibilidad que aparece atractiva es peligrosa para quienes defienden los derechos laborales frente a los intereses de la patronal.

"El contrato por horas no resuelve la situación de alto desempleo, subempleo o empleo informal", remarcó a EFE el catedrático Pablo Dávalos, al asegurar que la contratación por horas no supone necesariamente que se mejore el empleo.

Según él, esta reforma constitucional más bien beneficia a la visión de empresarios que buscan reducir la carga del gasto corriente en desmedro de los trabajadores.

Con la reforma, "los empresarios van a tener un volumen de trabajadores con determinado costo y otro volumen más barato", e incluso se podría generar un "desplazamiento del trabajo caro al barato", opinó el economista.

"Ello supone una precarización" laboral, sostuvo Dávalos al asegurar que esta pregunta del referéndum formaría también parte de la matriz de condicionalidad exigida por el Fondo Monetario Internacional (FMI) en los convenios crediticios concretados con los Gobiernos de Ecuador en 2019 y 2020, con el presidente Lenín Moreno, y en 2022, Guillermo Lasso.

Dávalos consideró además que la pregunta sobre empleo, una de las once que constan en la consulta popular del domingo, tiene también consecuencias para los actores involucrados.

Cara o cruz

Si el 'Sí' al trabajo por horas gana, este será una dura derrota para los sindicatos y trabajadores en general, que no podrán hacer mucho porque se trata de una enmienda a la Constitución, aunque podría ser retomada como propuesta de campaña de los sectores de izquierda de cara a las elecciones generales de 2025.

Si el 'No' al trabajo por horas vence, esta sería una dura derrota política para Noboa, que le restaría mucho caudal electoral de cara a los comicios de 2025, pues se sumaría a la serie de problemas que ha generado su administración como la crisis diplomática con México, la crisis energética a cuestas y la crisis de inseguridad no resuelta.

Sería "una especie de muerte política de Noboa", opinó el catedrático.

El economista Alberto Acosta coincidió en que "el contrato por horas no garantiza un pago digno por la hora trabajada" y dijo que podrían verse limitados los beneficios de "décimos, participación en las utilidades, vacaciones, horas extras, horas suplementarias".

La política laboral implica la atención a las "demandas del ser humano como sujeto y fin, tal como dispone la Constitución en su artículo 283, ser humano que no puede ser visto y utilizado simplemente como un factor de producción, menos aún como una mercancía", apostilló Acosta.

(c) Agencia EFE