¿Lo conoces? Este programa en la embajada de EEUU permite a cubanos salir de Cuba sin esperar visa

Está activo desde 2007 y es otra de las vías por las que los cubanos pueden salir del país legalmente después de atender sus casos en la embajada de EEUU en La Habana.

Fue la propia embajada de EEUU en Cuba la que animó a los cubanos, desde sus redes sociales, a consultar esta vía para inmigrar de manera segura y ordenada.

¿Quieres conocer de qué programa se trata, los criterios de elegibilidad, así como los pasos que debes dar para completar este proceso exitosamente? Te informamos a continuación

Qué es el Programa Cubano de Parole de Reunificación Familiar (CFRP)

Desde que fue creado en 2007, dicho parole permite a ciertos ciudadanos estadounidenses elegibles y residentes permanentes legales solicitar un permiso de ingreso para sus familiares en Cuba ante el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS)

A aquellos familiares que se les concede el permiso de ingreso bajo este programa, pueden venir a EEUU sin tener que esperar por sus fechas de prioridad de visa de inmigrante, como refiere la embajada.

Una vez en territorio estadounidense, los beneficiarios del Programa CFRP pueden incluso solicitar permiso de empleo mientras esperan para obtener la residencia permanente legal o green card.

Los familiares en EEUU deben cumplir estos requisitos y acciones

Ser ciudadano estadounidense o residente permanente legal (LPR)

Presentar un Formulario I-130, Petición de Familiar Extranjero para un miembro de su familia que sea cubano y contar con la aprobación de USCIS de su formulario.

El beneficiado no cuenta con una visa de inmigrante disponible

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Haber recibido una invitación del Centro Nacional de Visas del Departamento de Estado (NVC) para participar en el Programa de CFRP.

En el caso de los beneficiados, deben cumplir los siguientes requisitos:

Ser un nacional cubano (solo aplica al beneficiado principal)

Ser beneficiario de un Formulario I-130 que fue aprobado (incluidos el cónyuge o cualquier hijo que se unirá a él en Estados Unidos) Hay más disponible en la sección 203(d) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA), 8 U.S.C.1153(d).

Cambios en el formulario

Desde el 11 de agosto de 2023, el Departamento de Seguridad Nacional de EEUU (DHS) implementó el proceso CFRP modernizado que utiliza el Formulario I-134A, Solicitud en línea para ser Partidario y Declaración de Apoyo Financiero.

A partir de esa fecha, USCIS dejó de aceptar Formularios I-131 para solicitudes iniciales de CFRP. Si el peticionario presentó antes un Formulario I-131 bajo CFRP y su solicitud está actualmente pendiente, USCIS aceptará presentaciones de Formularios I-131 solo para beneficiarios derivados adicionales.

Al llenar el Formulario I-131 para un beneficiario derivado adicional, escriba “CFRP ADD-ON” en la parte superior del Formulario I-131.

¿Cuánto demora el proceso para salir de Cuba?

Como en el resto de los programas para inmigración legal a EEUU, no hay un tiempo definido y las respuestas pueden demorar más o menos en dependencia de los casos.

USCIS explica que los plazos de tramitación del formulario CFRP I-131 “variarán en función de las cuestiones planteadas y de si necesitamos pruebas adicionales”.

Por otro lado, la agencia federal recuerda que la pandemia de COVID-19 afectó el flujo de sus operaciones normales, “incluidas las de nuestros socios en el extranjero que ayudan en la tramitación de casos”. “Esto significa que la tramitación de casos puede llevar más tiempo de lo habitual”, advierte.

¿Los cubanos pueden programar su entrevista en la embajada de EEUU?

“No intente programar una cita directamente con la Embajada de EEUU en Cuba”, señala USCIS. La propia agencia enviará al peticionario una Notificación de Entrevista para todos los beneficiarios con instrucciones adicionales.

¿Qué deben llevar los cubanos beneficiarios a la entrevista en la embajada?

Un documento de identidad expedido por el gobierno cubano;

Pasaporte válido y vigente

Documentos civiles originales que demuestren su elegibilidad para el programa, además de traducciones certificadas al inglés de estos documentos, los cuales incluyen: Certificación de nacimiento; Certificado de matrimonio actual (si aplica); Certificado de divorcio de cualquier matrimonio anterior (si aplica); Certificado de defunción del cónyuge anterior (En caso de viudos).

Documentos que demuestren relación entre el beneficiario del CFRP y el solicitante. Si se trata de un hermano o hermana, el beneficiario deberá presentar su certificación de nacimiento junto a la del solicitante.

Certificados policiales/registros judiciales (Antecedentes penales para ciudadanos cubanos mayores de dieciséis años) expedidos en los seis meses anteriores a la fecha de la entrevista para el visado.

Resultados del examen médico, según las instrucciones que figuran en el aviso de cita para la entrevista sobre el mismo.

Una copia del aviso de cita para la entrevista.

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Si su petición es aprobada, ¿qué debe esperar?

USCIS le emitirá el Formulario I-512L al beneficiario en Cuba para viajar a EEUU. Este documento permite a los cubanos beneficiados solicitar la libertad condicional o parole a un funcionario de Aduanas y Protección Fronteriza de Estados Unidos (CBP) en el aeropuerto. Los beneficiados cubanos del Programa CFRP deben costear su propio viaje.

¿Cuándo obtienen la residencia permanente por esta vía?

Una vez en EEUU, los beneficiarios del parole pueden solicitar su residencia permanente después de estar presentes en este país durante un año, en virtud de la Ley de Ajuste Cubano de 1966 o tan pronto como su visado de inmigrante esté disponible.

Puede consultar más preguntas frecuentes y respuestas en las páginas de USCIS sobre dicho programa.

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