Ayuntamiento de Aguascalientes buscará recursos federales para MIAA

El Ayuntamiento de Aguascalientes estará tocando las puertas del gobierno federal para obtener más recursos que serían destinados al funcionamiento del nuevo Modelo Integral de Aguas de Aguascalientes (MIAA), el cual necesitará cerca del 30 millones de pesos para su arranque, a partir de octubre, señaló el presidente municipal, Leonardo Montañez Castro.

En entrevista, el alcalde explicó que se buscará una contraparte de la inversión que hará el ayuntamiento, a través del Programa de Agua Potable, Drenaje y Tratamiento (PROAGUA), a cargo de la Comisión Nacional del Agua.

-¿Hay posibilidad de bajar recursos de la federación?-se le cuestionó.

-Sí hay posibilidad de bajar de la federación, estamos tocando las puertas para ver a través del programa Proagua, junto con Conagua, para buscar que la parte que nosotros invirtamos, buscar la contraparte en este caso federal, pero sí estamos tocando las puertas para lograr recursos a través del programa Proagua”.

El primer edil estimó que se requerirán alrededor de 195 millones de pesos solamente para el proceso de entrega-recepción del servicio de agua, así como entre 20 y 30 millones para el arranque de MIAA, desde octubre hasta diciembre, y 700 millones de pesos más a partir de enero del 2024, que servirán para los gastos de operación, el personal operativo, materiales y suministros.

Según las Reglas de Operación del PROAGUA, este programa busca “contribuir a garantizar el Derecho Humano al Agua y al Saneamiento, enfocándose especialmente en la población más vulnerable, priorizando las acciones consideradas en la planeación hídrica o diagnósticos integrales de planeación de los gobiernos estatales y al cumplimiento del principio de “No dejar a nadie atrás, no dejar a nadie fuera”.

También se detalla que los apoyos estarán enfocados preferentemente a las localidades rurales con mayor grado de prioridad de atención, para avanzar en el cumplimiento y reporte de metas de los Objetivos de Desarrollo Sustentable.

En el mismo sistema, se detalla que la mayor parte de las comunidades del municipio de Aguascalientes son consideradas con un grado bajo o muy bajo de marginalidad. Las localidades que sí son señalados con una marginalidad alta son El Maistrujenio y el Ejido Venustiano Carranza.

El reglamento establece que los requisitos específicos para un proyecto de desarrollo integral son:

  1. a) Solicitud de adhesión por organismo operador.

  2. b) Acreditar que son organismos operadores descentralizados o paramunicipales. La prestación de servicios de agua potable o alcantarillado no deberá estar concesionada parcial ni totalmente.

  3. c) Prestar el servicio de agua potable o alcantarillado a poblaciones de 10,000 hasta un millón de habitantes.

  4. d) Todas las acciones que se apoyen deberán estar incluidas en el PDI de cada organismo operador y consideradas en el Anexo IV componente agua potable, subcomponente mejoramiento de eficiencia.

También se marcan los requisitos para solicitudes específicas, de infraestructura de agua potable, alcantarillado y saneamiento; para la desinfección del agua, y de atención a fenómenos naturales perturbadores.

¿Cómo se constituirá el patrimonio de MIAA?

De acuerdo con el reglamento que crea este organismo público descentralizado, publicado en el Periódico Oficial del Estado, el Modelo Integral de Aguas de Aguascalientes contará con un patrimonio conformado de la siguiente manera:

I.- Los activos que formen parte inicial de su patrimonio;

II.- Las aportaciones federales, estatales y municipales que en su caso se realicen;

III.- Los ingresos por la prestación de los servicios públicos y el reúso de las aguas residuales o por cualquier otro servicio que el organismo preste al usuario;

IV.- Los créditos que obtenga para el cumplimiento de sus fines;

V.- Las donaciones, herencias, legados y demás aportaciones de los particulares, así como los subsidios y adjudicaciones a favor de MIAA;

VI.- Los remanentes, frutos, utilidades, productos, intereses y ventas que obtenga de su propio patrimonio; y

VII.- Los demás bienes y derechos que formen parte de su patrimonio por cualquier título legal.