Avalan diputados reformas a Ejército y Fuerza Aérea

CIUDAD DE MÉXICO, noviembre 29 (EL UNIVERSAL).- En una sesión que duró 45 minutos, los integrantes de la Comisión de Defensa de la Cámara de Diputados aprobaron dos iniciativas del Ejecutivo federal.

La primera de ellas es una iniciativa del Ejecutivo federal que modifica la Ley Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos y la Ley de Disciplina del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos para facultar a las instituciones educativas militares a autorizar bajas definitivas de personal que incurra en malas conductas.

La ley vigente establece que la separación definitiva de los miembros del Ejército y Fuerza Aérea procederá sólo por mandato del ministerio de ley o por acuerdo del secretario de la Defensa Nacional.

"Tratándose del personal de tropa y de los militares de la clase de auxiliares, además de las causas señaladas en los incisos que podrán ser dados de baja por observar mala conducta, determinada por el Consejo de Honor de la unidad o dependencia a que pertenezcan, o por colocarse en situación de no poder cumplir con sus obligaciones militares, por causas no imputables a la Secretaría de la Defensa Nacional. En ambos casos, siempre será oído en defensa el afectado".

A ese párrafo se agrega que las bajas también procederán "por observar mala conducta determinada por un establecimiento de educación militar".

La segunda reforma avalada fue un dictamen referente a la iniciativa para duplicar el tiempo de servicio al personal del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos cuando éste se encuentre en operaciones, con el propósito de "reconocer su esfuerzo por el desempeño de trabajo de alto riesgo o especializado y alentar su permanencia en las Fuerzas Armadas".

La comisión planteó en sus consideraciones que el despliegue y operación del Ejército obedece a las necesidades de mantener una presencia en casi todo el territorio nacional y que sus operaciones tienen como propósito salvaguardar el orden interno, garantizar la seguridad de la población y de las instituciones mediante el debilitamiento de las organizaciones delictivas y restándoles influencia con la base social.

Finalmente, se aprobó una minuta procedente del Senado que reforma el artículo 26 de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivo, a fin de establecer una regulación más estricta para la obtención de una licencia para portación de armas.

La reforma establece que las licencias particulares para la portación de armas serán individuales para personas físicas, o colectivas para las morales, y entre las restricciones para obtenerla se agrega "no contar con sentencia ejecutoria por la comisión de delito doloso".