La Anmat prohibió la venta de una marca de miel por tratarse de un producto “ilegal”
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) prohibió la elaboración y comercialización en todo el país de una marca de miel proveniente de la ciudad de Tandil. Se trata de los productos de la marca “Chérie de Tandil”, considerados ilegales por no cumplir con los requisitos necesarios para ser vendidos al público.
De acuerdo con la disposición 11414/2024 publicada hoy en el Boletín Oficial, el organismo descentralizado dispuso prohibir la elaboración, fraccionamiento y comercialización del producto en todo el territorio nacional y en plataformas de venta en línea. La medida fue tomada luego de constatarse que el producto no poseía los registros sanitarios correspondientes y presentaba un etiquetado con información falsa.
“Miel Pura de Abeja, marca Chérie de Tandil, 500 grs., Elab. 2024, Cons. Pref. 2026, RNE 04001314, RNPA 04045814″, indicaba la etiqueta del producto. La prohibición abarca cualquier presentación, lote y fecha de vencimiento.
Cómo se llegó a la resolución
La resolución de la Anmat se inició tras un reclamo presentado por un particular al Instituto Nacional de Alimentos (INAL) sobre la autenticidad del producto. El Departamento de Vigilancia Sanitaria y Nutricional de los Alimentos del INAL realizó consultas a través del Sistema de Información Federal para la Gestión del Control de los Alimentos (SIFeGA) y descubrió que el Registro Nacional de Establecimiento (RNE) consignado en el envase era inexistente. Asimismo, verificaron que el Registro Nacional de Producto Alimenticio (RNPA) correspondía a otro producto.
El INAL notificó el Incidente Federal N° 4374 a través del Sistema de Información de Vigilancia Alimentaria (SIVA) y solicitó al Programa de Monitoreo y Fiscalización de Publicidad evaluar la situación debido a la promoción del producto en plataformas en línea.
Tras las investigaciones, se determinó que el artículo infringía la Ley N°18284 y varias disposiciones del Código Alimentario Argentino. Además, la falsedad en el etiquetado imposibilitaba garantizar su trazabilidad, calidad e inocuidad, lo que llevó al Departamento de Rectoría en Normativa Alimentaria del INAL a recomendar la prohibición total del producto y de cualquier otro que exhibiera el registro sanitario RNE N° 04001314.
La Anmat justificó la medida como necesaria para proteger la salud de los ciudadanos, dado que el producto no puede ser identificado de manera clara como producido o fraccionado en un establecimiento autorizado. Por ello, el organismo prohibió su comercialización en el país y en plataformas de venta en línea.