Amado Boudou vuelve a la cárcel: así lo definió el juez Obligado

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Fuente: Archivo - Crédito: Hernán Zenteno

El juez Daniel Obligado revocó al arresto domiciliario del exvicepresidente Amado Boudou y dispuso que regrese a la cárcel a cumplir su condena de cinco años y diez meses de prisión, por haberse quedado con el 75 % de las acciones de la imprenta Ciccone, que fabrica papel moneda, a cambio de solucionar sus problemas fiscales.

La decisión del juez de todos modos no se materializaría de manera inmediata, porque Boudou puede recurrir esta medida mediante un recurso de Casación y la detención en prisión solo podría ejecutarse cuando el fallo quede firme, lo que se analizaría luego de la feria judicial de verano.

El juez, en otras dos resoluciones dispuso mantener el arresto domiciliario de Nicolás Ciccone, también condenado, en función de su edad y su estado de salud. Y además ordenó preguntar al Servicio Penitenciario Federal dónde puede ser atendido José María Núñez Carmona, el otro condenado a pena de cumplimiento efectivo, por sus dolencias cardíacas. Actualmente también goza de arresto domiciliario.

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Boudou está en arresto domiciliario desde abril pasado, cuando Obligado así lo dispuso y lo mandó a controlar con una tobillera electrónica. Luego la Corte Suprema de Justicia dejó firme su condena el 3 de diciembre pasado y desde entonces los fiscales Marcelo Colombo y Guillermina García Padín pidieron que regrese a prisión a cumplir su condena.

Obligado desde entonces pidió opinión a los fiscales, al propio Boudou, al servicio Penitenciario a los asesores de menores y, esta noche, al filo del cierre del año judicial -mañana es feriado- dispuso revocar el arresto domiciliario.

El juez coincidiendo con los fiscales dispuso el alojamiento de Boudou en un penal del Servicio Penitenciario Federal. Dijo que cuando concedió el arresto domiciliario, el 6 de abril, precisó que las morigeraciones al encierro deben analizarse en relación a la pena, que no estaba firme y además el monto era la cuarta parte de la pena de encierro máxima de la legislación penal argentina. Por eso y la pandemia dispuso el arresto domiciliario.

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Ahora, dijo el juez, con el fallo de la Corte que deja firme la condena se está frente al momento de ejecución de la pena, porque ya no existe el estado de inocencia de Boudou. Entonces, el juez evaluó las condiciones familiares del exvicepresidente y la coyuntura del aislamiento.

"La norma es el cumplimiento de las condenas de tiempo efectivo en el ámbito carcelario, y el instituto de la prisión domiciliaria constituye una alternativa de carácter excepcional como forma de cumplimiento de una condena", escribió el magistrado.

Dijo que corresponde identificar los rasgos excepcionales para conceder ese beneficio. Pero entendió que la defensa no aportó nada que lo convenza. "Desde el punto de vista económico, el grupo familiar cuenta con ingresos provenientes del alquiler de un departamento del encartado (Boudou), del alquiler de un departamento de la señora García de la Fuente en México, del sueldo de esta última como asesora en la Cámara de Senadores, de la pensión que recibe Boudou como exvicepresidente de la Nación, ahorros, y apoyo económico de familiares y compañeros de la política", escribió el juez y agregó que "en el aspecto habitacional, desde fines del mes de septiembre se mudaron a una vivienda en Avellaneda, provincia de Buenos Aires, que goza de cuatro plantas, jardín, pileta, quincho, cinco dormitorios y ascensor propio".

"Todos los miembros de la familia goza de buen estado salud y tienen cobertura de la Obra Social del Hospital Italiano y los dos hijos del causante fueron anotados en un jardín materno-infantil", dijo por lo que concluyó que "la situación económica se ha visto mejorada incluso con el ingreso del cobro de la pensión por parte del encartado; a su vez, se encuentran en un hábitat más adecuado para el desenvolvimiento de los pequeños".

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Por eso el juez evaluó que esta situación, sumada a la posibilidad de "contar con auxilio adicional, además de la propia madre, para el cuidado de los mellizos, toda vez que el Estado Nacional aprobó el regreso del servicio doméstico a los puestos de trabajo. Aunado a la ya mencionada escolarización en curso y la atención de salud a través de una cobertura privada, son elementos suficientes para garantizar los derechos de seguridad, protección, cuidado, salud y educación para el bienestar y desarrollo de esos niños."

Por eso dijo que los mellizos de Boudou no están en estado de desamparo de manera que el interés punitivo del Estado en hacer efectiva la condena está por sobre el interés superior de los niños, explicó. Por eso, agregó que "no está afectado el 'interés superior del niño, toda vez que los menores se hallan contenidos material, moral y afectivamente".

Incluso destacó que se reanudaron las visitas a los penales, donde puede ser visitados por sus hijos y su esposa. "Los esfuerzos desarrollados por la defensa del condenado no logran superar el estándar normativo de excepcionalidad del principio de igualdad" ante la ley escribió y revocó el arresto domiciliario.