Continúa la contingencia ambiental en el Valle de México; estos vehículos no podrán circular

La calidad de aire en la Zona Metropolitana del Valle de México para este jueves es mala presentando 107 de Índice Metropolitano de la Calidad del Aire (IMECA) de acuerdo a la Dirección de Monitoreo Atmosférico de la capital.
La calidad de aire en la Zona Metropolitana del Valle de México para este jueves es mala presentando 107 de Índice Metropolitano de la Calidad del Aire (IMECA) de acuerdo a la Dirección de Monitoreo Atmosférico de la capital.

La Comisión Ambiental de la Megalópolis (CAMe) informó este martes que continuará la contingencia ambiental por ozono en la Zona Metropolitana del Valle de México.

Indicó que se prevé que las condiciones meteorológicas serán desfavorables para la dispersión de los contaminantes, debido a que se mantiene el sistema de alta presión en el centro del país.

En un comunicado, señaló que se registra viento débil y que habrá alta radiación solar la mayor parte del día, “lo cual impedirá la dispersión del ozono y sus precursores”.

La CAMe estimó que la temperatura máxima promedio será de 29 grados Celsius y, en combinación con la radiación solar alta, favorecerá la formación del ozono, por lo cual hay un “pronóstico de mala a muy mala calidad del aire por este contaminante”.

Detalló que será hoy, a las 15:00 horas, cuando se informe sobre la calidad del aire y de las condiciones meteorológicas que prevalezcan en la región.

Ayer, la CAMe activó la Fase 1 de contingencia ambiental por ozono en el Valle de México.

De acuerdo con el reporte del Sistema de Monitoreo Atmosférico, a las 5 de la tarde de este lunes se reportaron una concentración que superó los 155 ppb en estaciones de monitoreo de las alcaldías Benito Juárez, Coyoacán, Cuajimalpa, Álvaro Obregón, Iztacalco e Iztapalapa de la Ciudad de México.

Esta es la segunda contingencia ambiental activada desde el pasado 30 de marzo.

Ante la contingencia ambiental, este martes 3 de mayo deberán suspender su circulación, entre las 5 de la mañana y las 10 de la noche:

  • Los vehículos particulares con holograma de verificación 2
    Vehículos con holograma de verificación tipo 1 cuyo último dígito numérico sea 1, 3, 5, 7, 8 y 9, así como aquellos cuya matrícula esté conformada sólo por letras.

  • Los vehículos de uso particular con holograma de verificación “0 y 00”, engomado rosa, terminación de placa 7 y 8 .

  • Los vehículos de uso particular con matrícula foránea que no porten holograma de verificación vehicular, serán considerados como holograma Dos.

  • Unidades que transportan gas licuado de petróleo (pipas y/o semi remolques) cuya matrícula sea NON.

  • Vehículos de carga local o federal dejan de circular entre las 6:00 y las 10:00 horas., con excepción de aquellos que se encuentren en el Programa de Autorregulación de la Ciudad de México o el Estado de México.

  • Taxis con holograma de verificación “1” o “2” que deban dejar de circular de acuerdo a las disposiciones indicadas en los incisos a) y b) les aplicará la restricción a la circulación de las 10:00 a las 22:00 horas.

Están exentos de restricciones los autos eléctricos e híbridos, los que cuenten con matrícula ecológica, holograma “00” o “0” cualquiera que sea su uso, con excepción de los vehículos con engomado color rojo, terminación de placa 3 y 4.

También podrán circular vehículos de uso urgente, para atender una emergencia médica (e incluye autos con personas que asisten a la vacunación por COVID-19 y que porten folio de cita), así como del personal del sector salud.

“Los taxis pueden circular de 5:00 a las 10:00 horas los días que tengan restricción por Programa Hoy No Circula, independientemente del holograma que porten, con la finalidad de apoyar la movilidad de la población”, expuso la CAMe.

Además, los vehículos de servicios urbanos para servicios de emergencias médicas, salud, seguridad pública, bomberos, funerarios, rescate, protección civil, de vigilancia ambiental y de personas con discapacidad también podrán operar.

Igualmente el transporte escolar y de personal, que cumplan con la verificación vehicular vigente.

El transporte de residuos y materiales peligrosos; de turismo (vagonetas, microbuses y autobuses) con placa federal o local; que cumplan con las verificación también podrán circular.

Restricciones a la industria y servicios

Las fuentes fijas de la industria manufacturera de competencia federal o local que generen precursores de ozono deberán reducir el 40% de sus emisiones.

La refinería Miguel Hidalgo de Tula, Hidalgo, no operará a más del 75% de capacidad del total de proceso; la Central Termoeléctrica Francisco Pérez Ríos, también en Tula, deberá reducir 30% del consumo de combustóleo.

En tanto, las actividades de combustión relacionadas con la cocción de ladrillo, cerámica y fundición en hornos artesanales deberán suspender actividades.

También deberán suspender actividades en el 20% las plantas de distribución de gas L.P., excepto las que cuenten con válvulas de desconexión seca para el trasvase de combustible; las gasolineras también deberán reducir actividad en un 20%.

  

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