Absolución de juez a presunto agresor sexual de niña en Edomex la discrimina y revictimiza, señalan especialistas

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Un juez del Estado de México absolvió a Alejandro “N”, un hombre acusado por abuso sexual cometido contra su sobrina de cuatro años, bajo el argumento de que la víctima no pudo precisar la hora, día y lugar de la agresión.

La decisión fue tomada por el juez Juan Manuel Alejandro Martínez Vitela el 15 de febrero pasado, misma que se conoció tras la difusión del fragmento del video de la audiencia celebrada en las salas de juicio oral de Barrientos.

“(Hay) insuficiencia para acreditar el delito de abuso sexual (porque) aún y cuando se corroboren los tocamientos, el resto de la información no está debidamente justificada”, afirmó el juez  Martínez Vitela.

Desde luego que le creí en el tema del tocamiento. Su hija jamás mencionó el tema del lugar, el día, el horario“, se escucha al juez en el video.

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Foto: Luis Madrid

Familiares bloquean Circuito Bicentenario por absolución de presunto agresor sexual

La decisión indignó a familiares de la menor de edad y a defensores de derechos de las infancias, quienes afirmaron que la decisión fue discriminatoria y revictimizante, lo que vulneró el interés superior de la niñez.

Los familiares de la menor protestaron la tarde de ayer  martes con bloqueos en Circuito Bicentenario, Estado de México, para expresar su rechazo al fallo judicial y exigir justicia ante la violencia sexual.

El Poder Judicial del Estado de México, en cambio, respaldó el dictamen del juez que absolvió al presunto abusador sexual y señaló que la resolución puede ser impugnada por cualquiera de las partes involucradas.

 

Absolución de juez a presunto agresor sexual discrimina a la víctima por su edad: organización

La directora de la Red por los Derechos de la Infancia en México (REDIM), Tania Ramírez, rechazó la determinación del caso.

“Los distintos elementos de la investigación arrojaron evidencia de que estaba suficiente corroborado el abuso sexual contra la pequeña de cuatro años, pero pese a todos esos elementos el juez falló a favor del agresor, contraviniendo primero que nada el interés superior de la niñez”, explicó Ramírez.

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Ramírez subrayó que esta decisión contraviene el artículo 1 de la Constitución, que establece que los derechos humanos deben ser garantizados sin discriminación.

“En este caso estamos hablando de cómo no se dio un trato adecuado a una niña por motivo de edad, dado que según el juez no pudo otorgar suficientes elementos sobre el contexto preciso del lugar y tiempo en el que se habría dado (la agresión)”, dijo la directora de REDIM.

Esto puede estar representando un caso de discriminación, porque obviamente una niña de cuatro años no tiene por qué dar todos esos elementos de precisión, en la Observación General del Comité de los Derechos del Niño se recalca que ningún niño o niña debe tener necesariamente un conocimiento exhaustivo del asunto que le afecta, sino una comprensión suficiente como para poder formar su opinión propia”, indicó.

Manta de denuncia en bloqueo de Periférico Norte
Manta de denuncia en bloqueo de Periférico Norte

Tania Ramírez recordó que “los Estados deben adoptar todas las medidas necesarias para garantizar que los juicios sean imparciales, expeditos y no revictimizantes para niñas y niños”.

Así, espera que este caso pase a una siguiente instancia donde se castigue al agresor. 

Revictimización de niños agredidos sexualmente, una situación frecuente

Juan Martín Pérez, coordinador de Tejiendo Redes Infancia en América Latina y el Caribe, explicó que el caso en cuestión es “paradigmático”

“Nos muestra precisamente los vacíos que tiene el Estado mexicano y la cultura adultocéntrica que dejan invisible el interés superior de la niñez”, explicó.

“El marco normativo se interpreta desde el paradigma adulto que ve a los niños como inferiores y que no tienen equivalencia humana con las personas adultas, es por eso que el juez está completamente convencido, igual que el Poder Judicial del estado, porque están haciendo una lectura adultocéntrica en el que se ve a la niña como un objeto de propiedad familiar, entonces lo que se está litigando no es el derecho de ella, sino de los adultos”, comentó.

Para el especialista, aunque el acusado demostró que estaba en otro lado cuando supuestamente ocurrió la agresión, las autoridades no debieron desestimar el señalamiento en su contra, ya que “las niñas y niños pequeños, de tres a seis años de edad, por su propio desarrollo cerebral no tienen todavía entendimiento del espacio-tiempo, por lo que la falta de estos nunca debería ser un criterio que invalide sus declaraciones, aunque este caso nos demuestra que sí lo es”.

De acuerdo con Pérez García, esto quiere decir que “el hecho de que la niña no recuerde lugar y fecha de los tocamientos o la agresión sexual no significa que no hayan ocurrido, además de que no se tomó en cuenta que las declaraciones las tuvo que hacer en presencia de adultos que cuestionaron a la víctima”.

“Esto que vimos en el video es el día a día de los niños y niñas víctimas de violencia sexual y la revictimización que marca su vida futura, nos muestra por qué las familias que viven estas experiencias de violencia sexual deciden no denunciar, porque les sale peor en todos los sentidos, la denuncia es castigada por el sistema”, agregó.

Poder Judicial del Edomex respalda absolución de presunto agresor sexual de niña

Tras la polémica que provocó el video de la absolución, el Poder Judicial del Estado de México (PJEdomex) emitió un comunicado en el que afirmó que “no existieron medios u órganos de prueba que permitieran reconstruir cada uno de los hechos y circunstancias aseveradas”, y que de cuatro periciales en materia de psicología “únicamente la primera hace referencia de indicadores psicológicos de víctimas de violencia sexual“.

También informó que los abuelos de la niña aseguraron que el día de los hechos la víctima estuvo en su domicilio desde el mediodía, junto con su papá y su hermana, hasta las 20:00 o 21:00 horas, “lapso de tiempo dentro del que se señala ocurrió el presunto abuso”, y que el tío de la menor de edad -presunto agresor- comprobó sus ubicaciones, en las que estuvo acompañado por su esposa.

En cuanto al juez, el Poder Judicial indicó que luego de emitir el fallo debió concluir la audiencia, “sin embargo escuchó a la madre y entró en un diálogo fuera de contexto”.

El PJEdomex explicó que la sentencia aún no se encuentra firme y puede ser impugnada por las partes.

Afirmó que está comprometido “con la justicia imparcial y reitera que se tomarán las medidas correspondientes para garantizar que este caso sea tratado con la seriedad y responsabilidad que se requiere”.

Durante 2023, las juezas y jueces del Estado de México emitieron 725 sentencias condenatorias por violación y abuso sexual contra menores de edad, y en lo que va de 2024 han sido 68.