Traslado de jueces: el kirchnerismo pidió el juicio político para el presidente de la Corte Suprema

El pedido de juicio político contra el titular de la Corte llegó luego de que se autorizara el per saltum pedido por los jueces desplazados que investigaban a Cristina Kirchner
Fuente: Archivo - Crédito: Rodrigo Néspolo / La Nación

A cuatro días de que la Corte Suprema de Justicia de la Nación habilitara el per saltum para tratar la decisión del gobierno de dar marcha atrás con el traslado de tres jueces que investigan a Cristina Kirchner, desde el oficialismo presentaron un pedido del juicio político en contra del titular del Máximo Tribunal, Carlos Rosenkrantz.

La autora de la iniciativa es la diputada del Frente de Todos e integrante del Consejo de la Magistratura, Vanesa Siley, que pidió que se investigue al presidente de la Corte Suprema por mal desempeño y eventuales delitos en el ejercicio de sus funciones.

El proyecto de resolución es el 5039-D-2020 y plantea: "Promover Juicio Político contra el presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, Dr. Carlos Fernando Rosenkrantz, por mal desempeño y eventuales delitos en el ejercicio de sus funciones, de conformidad con lo que dispone el artículo 53 y concordantes de la Constitución Nacional".

En los fundamentos del pedido, la parlamentaria expresó: "El mal desempeño que, entiendo, da base a este pedido de juicio político, no se encuentra definido en la letra constitucional, de modo que, debe ser el Congreso de la Nación quien debe interpretar su alcance. No obstante, entiendo vigente el alcance de la doctrina establecida tiempo atrás por Joaquín V. González en cuanto a la finalidad de este mecanismo institucional: '.el propósito del juicio político no es el castigo de la persona delincuente, sino la protección de los intereses públicos contra el peligro u ofensa por el abuso del poder oficial, descuido del deber o conducta incompatible con la dignidad del cargo. Pueden los actos de un funcionario no ajustarse al vocabulario de las leyes penales vigentes, no ser delitos o crímenes calificados por la ley común, pero sí constituir mal desempeño, porque perjudiquen el servicio público, deshonren al país o la investidura pública, impidan el ejercicio de los derechos y garantías de la Constitución, y entonces son del resorte del juicio político.' (Joaquín V. González, Manual de la Constitución Argentina, 1987, 21° ed. Ed. Estrada, pág. 519, el resaltado es propio)".

"El actual Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, Dr. Rosenkrantz, ha frustrado gravemente 'el ejercicio de los derechos y garantías de la Constitución' al haber favorecido y muchas veces asegurado la impunidad de los responsables del terrorismo de Estado mediante sentencias contrarias al derecho vigente. Sin dudas, esta conducta es impropia y contraria a aquella que debe esperarse de un magistrado del más alto Tribunal de la República, más aún tratándose del mismísimo presidente del mismo. Basta con el análisis de las sentencias dictadas en las causas "Bignone, Reynaldo Benito Antonio y otro s/ recurso extraordinario" Expte. CSJ 1574/2014/RH1 (en adelante caso "Muiña") y "Recurso de hecho deducido por Batalla, Rufino en la causa Hidalgo Garzón, Carlos del Señor y otros s/ inf. art. 144 bis inc. 1 -último párrafo- según ley 14.616, privación ilegal libertad agravada (art. 142 inc. 1), privación ilegal libertad agravada (art. 142 inc. 5), inf. art. 144 ter 10 párrafo -según ley 14.616-, inf. art. 144 ter 2° párrafo -según ley 14.616-, homicidio agravado con ensañamiento - alevosía, sustracción de menores de diez años (art. 146) - texto original del C.P. ley 11.179 y supresion del est. civ. de un menor"(en adelante caso "Rufino Batalla") para que la Honorable Cámara de Diputados analice si ese magistrado ha incurrido en una causal de mal desempeño y, oportunamente, formalice la acusación ante la Honorable Senado de la Nación a los fines de proceder a su destitución y declararlo incapaz de ocupar ningún empleo de honor , de confianza o a sueldo en la nación", agregó Siley en el texto.

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