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Tarifas de gas y luz: ¿tengo que hacer algún trámite para no perder el subsidio si no tengo facturas a mi nombre?

Todas las personas deben registrarse para mantener el subsidio energético
Todas las personas deben registrarse para mantener el subsidio energético

Ante el inminente proceso de segmentación de la tarifa energética, la cual busca definir los ingresos de los hogares para reducir los subsidios estatales, muchos ya se preguntan cómo hacer la presentación oficial para no perder el aporte estatal y, entonces, surge un nuevo interrogante: ¿qué deben hacer quienes no tengan las facturas a su nombre?

Segmentación de tarifas de luz y gas: qué se debe hacer para no perder los subsidios

Desde la Secretaría de Energía, organismo a cargo del esquema tarifario, confirmaron que será posible realizar el trámite para preservar algún porcentaje del subsidio aún si las facturas no están a nombre del usuario en cuestión. “Vas a poder realizar la solicitud indicando que no sos la persona titular”, explicaron respecto a esta cuestión que es de gran importancia tanto para las personas que alquilan, como para aquellos que quieran facilitarle el procedimiento a algún familiar y hacerlo por ellos.

El nuevo esquema tarifario reducirá los subsidios según la clasificación de los hogares entre ingresos altos, medios y bajos
El nuevo esquema tarifario reducirá los subsidios según la clasificación de los hogares entre ingresos altos, medios y bajos

La nueva segmentación busca dividir a los hogares de los usuarios del servicio en tres estratos, dados según sus ingresos: altos, medios y bajos. La quita de esta asistencia es paulatina y depende del rango en que se clasifique cada uno. En línea con este punto, desde el Gobierno puntualizaron que hasta el 90 por ciento de los consumidores están dentro de los ingresos medios y bajos, por lo que seguirán recibiendo algún subsidio.

  • Como especifica la normativa oficial, se considera hogares del nivel más alto (que pierden los subsidios totalmente) a aquellos que tienen ingresos mensuales totales de al menos $348.869, lo que equivale a 3,5 canastas básicas para un hogar tipo 2 según el Instituto Nacional de Estadística y Censos (Indec). Además, se suman otras consideraciones como tener 3 o más vehículos de antigüedad menores a 5 años, tener 3 o más inmuebles y/o una embarcación o una aeronave de lujo. También aplica a los titulares de activos societarios que demuestren capacidad económica plena.

  • En cambio, los hogares de ingresos medios son aquellos que juntan ingresos mensuales totales de entre $99.677 y $348.869 (entre 1 y 3,5 canasta básicas para un hogar tipo 2, según el Indec). En este caso, la excepción es para los hogares con una o un conviviente con Certificado Único de Discapacidad: para ellos los ingresos mensuales totales para formar parte de este segmento pueden variar entre $149.515 y $348.869.

  • El rango de los hogares definidos como de ingresos bajos debe estar por debajo $99.677, el valor de una canasta básica de hogar tipo 2 del Indec, pero este trepa a $149.515 si la persona que recibe el servicio tiene Certificado Único de Discapacidad.

Además, serán incluidos dentro de este último segmento los hogares que, no cumpliendo alguna de las condiciones para ingresar a los segmentos superiores, tengan un integrante con Certificado de Vivienda expedido por el ReNaBaP (Registro Nacional de Barrios Populares), o si uno de los integrantes tiene una Pensión Vitalicia a Veteranos de Guerra del Atlántico Sur.

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También se contarán como hogares de menores ingresos a aquellos en los que uno de los integrantes tenga el Certificado Único de Discapacidad, siempre que no sea propietario de dos o más inmuebles o sus ingresos superen los $149.515. Otra exención de la quita de subsidios le corresponde a los domicilios donde funcione un merendero o comedor comunitario registrado en el Renacom, a menos que los ingresos sean mayores a $99,677 y/o tengan dos o más inmuebles o un vehículo con menos de 3 años de antigüedad.