El Supremo salvadoreño le reitera a Bukele que publique la ley de emergencia por la covid-19

San Salvador, 15 ene (EFE).- La Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) de El Salvador ha reiterado al presidente Nayib Bukele que debe sancionar y publicar una ley de emergencia por la covid-19, normativa que fue aprobada en octubre de 2020 y que fue vetada por el mandatario.

De acuerdo con una publicación del periódico La Prensa Gráfica, la Sala de lo Constitucional declaró este viernes "sin lugar" un recurso de revocatoria interpuesto por Bukele con el que intentaba frenar la publicación de la denominada Ley Especial Transitoria para Contener la Pandemia por la Enfermedad covid-19.

Tras ser aprobada, la normativa fue enviada al presidente salvadoreño, quien la vetó. La Asamblea Legislativa superó en noviembre dicho veto y el texto fue enviado al Supremo, entidad que dio la razón al Legislativo y ordenó en diciembre a Bukele a sancionar y a publicar la ley.

No obstante, el mandatario se rehusó a hacerlo por considerar que la normativa "invade atribuciones del Ejecutivo para enfrentar la pandemia del coronavirus".

En la nueva resolución, los magistrados Aldo Cáder, Carlos Avilés, Carlos Sánchez, Marina de Jesús Marenco y José Cristobal Reyes dan a Bukele un plazo de 15 días hábiles para mandar a publicar el decreto legislativo.

Advirtieron que si el mandatario no lo hace "entonces deberá hacerlo el presidente de la Asamblea Legislativa (Mario Ponce) en el Diario Oficial o en cualquier otro diario de mayor circulación de la República", según la nota de La Prensa Gráfica.

La iniciativa fue aprobada con 55 votos de los 84 diputados en el Congreso.

Los partidos opositores Frente Farabundo Martí para la Liberación Nacional (FMLN, de izquierda) y de la Alianza Republicana Nacionalista (ARENA, de derecha) y el diputado Rodolfo Parker del Partido Demócrata Cristiano (PDC) fueron los que apoyaron la ley.

La ley establece que las cuarentenas solo se contemplan para las personas contagiadas de la covid-19 o que hayan estado expuestos al virus, pero no podrá decretarse de manera generalizada.

También señala que no se podrá suspender ningún derecho constitucional como la libertad de circulación y tampoco se permitirá el uso coercitivo de la Fuerza Armada.

Además, establece que los cercos sanitarios, en los que se restringe la libre circulación y se despliega a elementos de la Policía y del Ejército, solo podrán ser implementados ante un incremento de un 10 % de casos positivos en la localidad, abarcará un perímetro de un kilómetro y tendrá una duración de 72 horas máximo.

El Salvador acumula hasta el jueves 50.157 contagios de la covid-19, de los que 4.394 casos se encuentran activos, 1.469 personas han fallecido y 44.304 salvadoreños han sido dados de alta, según el sitio oficial del Ministerio de Salud (Minsal), covid19.gob.sv.

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