La Suprema Corte mantiene la prisión preventiva oficiosa —excepto para delitos fiscales

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) mantiene la prisión preventiva oficiosa, excepto para delitos fiscales como: defraudación fiscal, simulación de operaciones de facturas y contrabando.

Este punto se aprobó con 9 votos a favor, por lo que los delitos fiscales no tendrán prisión preventiva oficiosa

En la sesión se requirieron de al menos el voto de ocho ministros y ministras para declarar inconstitucional la medida cautelar, solo obtuvo 5 votos a favor.

Anteriormente, el presidente de la SCJN, Arturo Zaldívar aseguró que la prisión preventiva oficiosa es «inconvencional» por violar el principio de presunción de inocencia.

40.8% de la población privada de la libertad se encuentra jurídicamente sin una sentencia dictada, según el Cuaderno Mensual de Información Estadística Penitenciaria Nacional.

«No se plantea desaparecerla»

El ministro Luis María Aguilar, presentó un nuevo proyecto; esto luego de que el pasado 5 de septiembre, en uno inicial, el ministro buscaba eliminar el artículo 19 que habla de este término que se justifica como violación de derechos humanos y de la presunción de inocencia.

“No se piensa en desaparecerla [la prisión preventiva oficiosa] de ningún modo […] pero sí debe ser una medida cuidadosa de los derechos humanos”, dijo el ministro Aguilar sobre la prisión preventiva oficiosa en el momento de presentar su proyecto.

Ahora la nueva iniciativa proponía la reinterpretación del concepto, anteponiendo los derechos humanos de la persona y la presunción de inocencia, con fin de que la medida cautelar no se considere automática.

«La declaratoria de invalidez no tendría efectos retroactivos», también dijo el ministro Aguilar.

Con ello el juez está obligado a realizar un análisis caso por caso para determinar la prisión preventiva oficiosa, y se justifique adecuadamente la necesidad de mantener a una persona en la cárcel.

¿Cuáles fueron los posicionamientos de los ministros y ministras?

La ministra Yasmín Esquivel fue quien se pronunció en contra del proyecto, debido a que en los delitos como abuso sexual infantil o delitos graves en la Constitución necesitan esta figura legal.

Jorge Pardo aseguró que apoya el planteamiento del proyecto de invalidar artículos del Código Nacional de Procedimiento Penales acerca de la figura legal, mas no en la Constitución.

Alberto Pérez Dayán se posicionó en algunas partes del proyecto, pero no en su totalidad. Mientras que, Juan Luis González Alcántara Carrancá se declaró a favor.

La ministra Margarita Ríos Farjat compartió con el proyecto que se debe reinterpretar el artículo 19 constitucional; además aseguró que es «inconstitucional» considerar el contrabando y defraudación como delitos que merecen prisión preventiva.

Por su parte, la ministra Loretta Ortiz sostuvo que la interpretación del proyecto rompe con el principio de la división de poderes, por lo que llamó al reformar el artículo constitucional y el sistema acusatorio.

El ministro Alfredo Gutiérrez Mena está a favor del sentido del proyecto, sin embargo en contra de las consideraciones relacionadas.

El ministro Laynez Potisek dijo estar a favor del proyecto, pero en contra de las consideraciones acerca del parámetro.

La ministra Norma Piña Hernández aseguró que la «prisión preventiva oficiosa viola la garantía de audiencia», por lo que se mostró a favor del proyecto.

El presidente ministro, Arturo Zaldívar, coincidió con la invalidez de las normas planteadas pero se separó del parámetro de Constitucionalidad.

«La prisión preventiva me parece inconvencional, incompatible con el sistema de derechos, contraria al artículo 1º constitucional»

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