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El reconocimiento de una unión homosexual en Bolivia abre la puerta a otras

La Paz, 14 jul (EFE).- Un fallo judicial en Bolivia dispuso que el Servicio de Registro Cívico (Sereci) corrija una resolución que negó la posibilidad a una pareja del mismo sexo a registrar su unión, al considerarlo como discriminatorio, lo que abre esa misma posibilidad a otras uniones de esa naturaleza.

La sentencia de la Sala Constitucional en La Paz llega después de casi dos años de que una pareja de varones atravesara por dificultades en las que se les impidió ejercer sus deberes del mismo modo que lo hacen otros cónyuges, dijo a Efe una de las abogadas patrocinantes del caso, Mónica Bayá.

La jurista explicó que a partir de ahora queda que el Sereci enmiende su resolución en un plazo de diez días a partir de la notificación del tribunal.

Antes otros fallos judiciales en el país habían reconocido uniones en las que uno de los cónyuges era una persona que había cambiado de sexo, pero no entre personas del mismo sexo.

Pregunta:¿Qué significa el amparo judicial a favor de una pareja del mismo sexo?

Respuesta: Lo que ha determinado la Sala Constitucional ha sido el anular la resolución, señalando que se ha vulnerado el debido proceso y el derecho a la igualdad y no discriminación.

Porque los argumentos con los que la pareja acudió al Sereci pidiendo la inscripción de su relación de hecho, que lleva más de una década, es aplicar el control de convencionalidad, es decir, la Convención Americana de Derechos Humanos en su artículo 17 y la interpretación que la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha hecho de este artículo en la Observación Consultiva 24/2017.

P: ¿Qué pasa cuando la Constitución boliviana reconoce solo las uniones de parejas heterosexuales?

R: La Constitución si bien reconoce una forma de unión libre, la de hombre-mujer, no excluye del todo las otras. Ese ha sido el razonamiento de la Corte Interamericana de Derechos Humanos al interpretar el artículo 17 de la Convención.

La corte ha interpretado también de que esa es una forma de unión y que el excluir otro tipo de relaciones constituye un acto reñido con el propio espíritu de la Convención.

P: ¿Y la Constitución de Bolivia?

R: La Constitución reconoce a la Convención Americana como un tratado que es parte del bloque de constitucionalidad y como establece el artículo 256 de la Constitución, un tratado internacional que cuenta con la ratificación de parte del Estado boliviano se aplica con preferencia a la propia Constitución.

P: ¿Entoces el Sereci no tiene otro camino que reconocer esa unión?

R: En derecho eso es lo que debería hacer, siendo respetuoso de lo que dice la Constitución y estos principios constitucionalizados de interpretación de los derechos. Esperamos que el Sereci cumpla con los estándares internacionales y subsane las vulneraciones que ha cometido a lo largo del proceso administrativo.

P: ¿Qué efectos jurídicos tendría una resolución enmendada?

R: La resolución tiene efectos para esta pareja, porque a ella es a la que se le ha brindado tutela a través del amparo, el proceso administrativo ha sido en este caso en particular y la resolución surtirá efectos respecto a esta pareja.

P: ¿La pareja protegida por el fallo ampliará sus derechos?

R: Por ejemplo, constituir un patrimonio común o mancomunado, el poder heredar, realizar trámites o gestión como pareja, gozar de la seguridad social uno del otro. Entonces todos esos derechos que son emergentes de una relación que goza de la protección del Estado y que le son negados a las parejas del mismo sexo.

P: ¿Qué pasa con otras parejas en la misma situación?

R: Sería incongruente que hubiese una nueva negativa respecto a otras parejas en las mismas circunstancias, porque ahí estaríamos en una situación de discriminación.

P: ¿Implicaría que las parejas no reconocidas puedan seguir este trámite?

R: Sí, el mismo camino. Exactamente, porque no podría dar un tratamiento distinto el Sereci a otras parejas, pero cada una tendría que seguir su trámite y naturalmente cumplir con los requisitos de estabilidad y que son propios de este tipo de vínculo.

(c) Agencia EFE