Anuncios

¿Quieres vivir en España? Estas son las 5 formas de conseguir la nacionalidad española

España está de moda, es uno de los países de mayor calidad de vida para residir en 2023, según los datos más recientes.

Muchos inmigrantes latinoamericanos —y también estadounidenses— buscan la doble nacionalidad, un fenómeno en auge a nivel global.

Cada vez más residentes del sur de la Florida, con fuertes raíces y conexiones con España, están solicitando la nacionalidad española por una de las cinco maneras de adquirir esta anhelada ciudadanía, según establece la legislación.

Para los hispanoamericanos, una de las vías más populares y rápidas para tramitar la nacionalidad española es a través de la Ley de Memoria Democrática, aprobada el 20 de octubre de 2022.

Lee más: ¿Eres cubano y quieres tener la nacionalidad española con nueva ley? Este es el camino más fácil

Nacionalidad de origen

Son españoles de origen los nacidos de padre o madre española y, también, los nacidos en España de hijos de extranjeros cuando al menos uno de los padres ha nacido en territorio español.

En este último caso pueden solicitar la nacionalidad, si ambos padres son apátridas —carecen de nacionalidad— o si la legislación de ninguno de ellos atribuye al hijo una nacionalidad. Estos hijos necesitan realizarse un expediente en el Registro Civil de su domicilio para declarar la nacionalidad española con valor de simple presunción.

También pueden solicitar la nacionalidad española los niños nacidos en España de cuyos padres se desconoce la identidad. Se presumen nacidos en España los menores cuyo primer lugar de estancia conocido sea territorio español.

Son también considerados españoles de origen los menores de 18 años que sean adoptados por un español. Si estos son mayores de 18 años, podrán optar por la nacionalidad española de origen en el plazo de dos años a partir de la constitución de la adopción.

Lee más: ¿Quieres sacar la nacionalidad española en Miami por la nueva ley? Ya dan citas en el consulado

Ahora son más los cubanos y latinoamericanos de todas las nacionalidades que optan a la ciudadanía española con la nueva Ley de Memoria Democrática.
Ahora son más los cubanos y latinoamericanos de todas las nacionalidades que optan a la ciudadanía española con la nueva Ley de Memoria Democrática.

Nacionalidad de España por Opción

Esta vía es una beneficio que se otorga para que los extranjeros que se encuentran en determinadas condiciones adquieran la nacionalidad española.

Esta opción es presencial y se realiza ante el encargado del registro Civil del domicilio. En el caso de los extranjeros, en la oficina consular.

Tienen derecho a optar a la nacionalidad española por opción:

Las personas que están o hayan estado sujetas a la patria potestad de un español. El plazo para hacerlo caduca a los dos años desde la mayoría de edad o de la emancipación.

Las personas cuyo padre o madre hubiera sido español nacido en España, sin límite de plazo.

Las personas adoptadas por españoles después de los 18 años de edad. El plazo de opción es de dos años a partir de la adopción.

Bajo esta categoría entran todas solicitudes relacionadas con la Ley de Memoria Democrática Española —conocida como la nueva Ley de Nietos— una ley que admite tres nuevos supuestos para lograr la nacionalidad española:

Nacidos fuera de España cuyo padre o madre, abuelo o abuela, fuese originariamente español.

Hijos e hijas nacidos fuera de España de mujeres españolas que perdieron su nacionalidad al casarse con personas extranjeras antes de la entrada en vigor de la Constitución Española en 1978.

Hijos e hijas mayores de edad de quienes adquirieron la nacionalidad española por la Ley de Memoria Histórica, popularmente conocida como la antigua Ley de Nietos.

Lee más: Miles de cubanos con acceso a la nacionalidad española gracias a la Ley de Memoria Democrática

Nacionalidad Española por Residencia

Para optar a la nacionalidad española a través de la residencia debes haber residido en España de forma legal y continua durante más de 10 años.

Pero, casos en los que el período de residencia exigido se reduce a cinco años para quienes hayan obtenido la condición de refugiado.

También se reduce para los nacionales de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Portugal o personas de origen sefardí, quienes pueden solicitar la nacionalidad tras dos años de residencia continuada.

Pasaporte Español 2
Pasaporte Español 2

Además, el periodo de residencia exigido se reduce a un año en estos casos:

Para el que haya nacido en territorio español.

Para el que no ejerció debidamente su derecho a adquirir la nacionalidad española por opción.

Para el que haya estado sujeto legalmente a la tutela, guarda o acogimiento de un ciudadano o institución españoles durante dos años consecutivos, incluso si todavía continúa esta situación en el momento de la solicitud.

Por tutela legal, se refieren a bajo la vigilancia de un tutor. El acogimiento que permite la reducción de residencia legal a un año es cuando existe una resolución de la entidad pública en relación a la protección de menores y judicialmente reconocidos.

Para el que, en el momento de la solicitud, lleve un año casado con un español o española y no esté separado legalmente o de hecho.

Para el viudo o viuda de española o español, si en el momento de la muerte del cónyuge no estaban separados, de hecho o judicialmente.

Para el nacido fuera de España de padre o madre —nacidos también fuera de España—, abuelo o abuela, siempre que todos ellos originariamente hubieran sido españoles.

Todos los solicitantes de la nacionalidad española por residencia deben acreditar buena conducta cívica y suficiente grado de integración en la sociedad española.

Pueden solicitar la residencia los mayores de 18 años o los que se encuentren emancipados. El mayor de 14 años debe estar asistido por su representante legal, quien puede presentar la solicitud.

También puede solicitar la nacionalidad española una persona con la capacidad modificada judicialmente por si solo o el representante legal de dicha persona, siempre dependiendo de lo que señale la sentencia de discapacidad.

Nacionalidad por Carta de Naturaleza

Esta forma de adquirir la nacionalidad española tiene lo que llaman un carácter graciable o excepcional, ya que no todo el mundo puede optar a ella.

Solo puede ser otorgada por el gobierno mediante Real Decreto cuando en el interesado concurren circunstancias excepcionales que le hacen merecedor de la nacionalidad española, saltándose todos los requisitos que se exigen al resto de los extranjeros interesados en ser españoles.

Normalmente se le concede a aquellos deportistas que han participado o participarán en competiciones internacionales representando a España.

Nacionalidad por Posesión de Estado

Es el procedimiento de nacionalidad más desconocido y el menos frecuente. Solo se obtiene la nacionalidad por posesión de estado tras 10 años usando la nacionalidad de forma continuada y de buena fe, es decir, sin saber que en realidad no era español, en base a un título inscrito en el Registro Civil.

Solo se concede si primero has iniciado un expediente con valor de simple presunción en el registro Civil correspondiente y tras ser aprobado se inscribe en el Registro Civil con los nombres y los dos apellidos de los padres

La nacionalidad española no se pierde aunque se anule el título inscrito en el registro civil por el que le fue concedida la nacionalidad.

Leer más: Aduanas emite alerta importante a viajeros que quieren entrar a EEUU con exención de visa