Prostitución Vip: la Corte Suprema ordenó juzgar en el país al representante de modelos Leandro Santos

El representante de modelos Leandro Santos, acusado de explotación sexual en Uruguay, será juzgado en la Argentina. Así lo resolvió la Corte Suprema de Justicia de la Nación al revocar una resolución de primera instancia y declarar improcedente su extradición.

Así lo informaron a LA NACION fuentes con acceso al expediente. La resolución del máximo tribunal fue firmada por los jueces Ricardo Lorenzetti, Horacio Rosatti y Juan Carlos Maqueda.

Santos, defendido por los abogados Alejandro Novak y Eugenio Blanco, había sido detenido en octubre de 2017 por personal de División Investigación Federal de Fugitivos de la Policía Federal Argentina (PFA) por pedido de la Justicia de Uruguay.

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En el entorno de Santos, la decisión de la Corte Suprema fue tomada como un triunfo. "Si se confirmaba la decisión del [fallecido] juez Claudio Bonadio, el representante de modelos quedaba detenido e iba a ser extraditado a Uruguay. Ahora llegará al juicio excarcelado", dijeron allegados al representante.

La causa por la que está acusado Santos es llevada adelante por el Juzgado Letrado de Primera Instancia en lo Penal Especializado en Crimen Organizado de Primer Turno de Montevideo.

"La referida actividad delictiva investigada en jurisdicción extranjera era llevada a cabo mediante la captación de mujeres con fines de explotación sexual en el contexto de promesas formuladas a las víctimas de una carrera de modelaje y que tenía como fases el reclutamiento en Uruguay, el transporte a Punta del Este y a Buenos Aires, lugares de acogida en ambas ciudades y en Montevideo, todo ello con fines de explotación sexual como ´precio de la fama´ que las víctimas debían ´pagar´ para obtener el éxito profesional como modelo", según se explicó en la resolución de la Corte Suprema. El juzgado a cargo de la causa solicitó la extradición en noviembre de 2017.

La defensa de Santos solicitó que el pedido de extradición fuese declarado improcedente. En un dictamen, el procurador general interino, Eduardo Casal, opinó en igual sentido, según se desprende del fallo de la Corte Suprema de Justicia.

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"Este último [por Casal] con base en jurisprudencia del Tribunal que considera aplicable a los hechos en que se sustenta el pedido de extradición, dada la naturaleza de ´orden público´ que reviste la afirmación de la jurisdicción penal internacional de la Argentina y las funciones que incumben al Ministerio Público Fiscal de defender la jurisdicción y competencia de los tribunales para, sobre esa base, impulsar el ejercicio de la acción penal pública a cuyo fin solicitó que se le de nueva intervención", explicaron Lorenzetti, Rosatti y Maqueda.

Entonces, la Corte Suprema revocó resolución apelada y declaró improcedente la extradición a Uruguay de Santos. Y resolvió "dar intervención al Procurador General de la Nación interino para que haga efectivo el juzgamiento en la República Argentina por los hechos en que se sustentó el pedido de extradición".