Cómo es la pirámide de ingresos de los jubilados y por qué se cuestiona al plan oficial para achatarla

Cómo es la pirámide de ingresos de los jubilados

Entre el haber jubilatorio mínimo y el máximo del sistema previsional general gestionado por la Anses hay una distancia de 7,32 veces: por las normas vigentes, el ingreso mensual más bajo es de $14.067,93 y el más alto, de $103.064,23. Con la fórmula de movilidad suspendida, desde el Gobierno se insiste en que se apuntará a reducir la brecha a través del otorgamiento de subas de monto fijo en los próximos meses (quizá, con el agregado de un porcentaje en algunos casos, que no evitaría el achatamiento de la pirámide de ingresos).

¿En función de qué podría evaluarse si la brecha es elevada o no? ¿Es válido recurrir a recomposiciones desiguales, según rangos de ingresos, en un escenario de pérdida generalizada de poder adquisitivo, para reducir esa distancia si realmente se la considera alta? Una cuestión a tener en cuenta es que la suspensión de la movilidad responde a la meta principal de disminuir el nivel de suba del gasto público que se iba a producir si seguía vigente el mecanismo aprobado por ley a fines de 2017. El propio presidente Alberto Fernández dijo que era "impagable" esa fórmula, basada en la inflación y en la evolución de los salarios de seis meses atrás y que, para marzo, había determinado una mejora 11,6%.

En los últimos días, el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, sostuvo que no puede ser que haya "jubilados de $300.000 y otros de $14.000". ¿Hay quienes llegan a ese primer nivel de haberes? En el régimen general existen pocos casos y son los de quienes ganaron juicios en los que se cuestionaron ciertos topes. Según los últimos datos de la Secretaría de Seguridad Social, en marzo de 2019 había 838 prestaciones de $300.000 o más, en tanto que si se ajustan las cifras considerando las subas posteriores, puede estimarse que ahora hay unos 2200 casos, de un total de 5,7 millones de jubilados y pensionados.

Los pasivos que perciben ingresos de los niveles citados por el funcionario están por lo general incluidos en regímenes especiales, como el del Poder Judicial. Pero esos casos quedaron exceptuados de la suspensión de los ajustes automáticos.

¿Cómo se llega a la pirámide actual del sistema general? Si bien hay quienes se retiraron cuando regían otras normativas, hoy el haber inicial se determina, para los asalariados, de la siguiente forma: en primer lugar se calcula el promedio de las últimas 120 remuneraciones percibidas (con valores actualizados); de ese promedio se calcula el 1,5% y el resultado se multiplica por el número de años aportados. Así, para alguien con 30 años de aportes, esta prestación será el 45% del valor promedio de los últimos 120 sueldos (y si se aportaron 40 años, por ejemplo, ese índice sube a 55%). A ese monto se le adiciona otro, de suma fija, hasta ahora actualizado por movilidad, que hoy es de $6646,22. Alguien con un salario promedio de $50.000 que aportó 30 años, tendrá un haber de $29.146: al 58,3% de su ingreso promedio de los últimos años. La fórmula prevé topes, al igual que hay un salario máximo (hoy de $159.028,80) para calcular el aporte del 11% al sistema.

"La movilidad solo tiene por finalidad mantener el valor del haber inicial frente al aumento del costo de vida o a la evolución de los salarios, siempre que ese valor inicial se haya calculado correctamente", afirma la abogada previsionalista Elsa Rodríguez Romero. Siguiendo ese razonamiento, dice que el ajuste "debe ser uniforme para todos". Ello, agrega, "sin perjuicio de que se fije una mecánica de reajustes de los haberes bajos para llevarlos a valores razonables y no como los actuales, que son absolutamente insuficientes". Es decir, debería procurarse la mejora de los ingresos bajos, pero no a través de afectar negativamente el poder adquisitivo del resto.

Mientras que parte de los haberes está definido según el nivel salarial, hay otros (muchos de los que están en la base de la pirámide) que responden generalmente a quienes contribuyeron como autónomos o monotributistas y a quienes adhirieron a moratorias. El 49% de los pasivos cobra la mínima y ocho de cada diez de ese grupo accedieron por moratoria, a falta total o parcial de aportes. "La moratoria es legítima, más allá del debate sobre su financiamiento", considera Eugenio Semino, defensor de la Tercera Edad de la ciudad de Buenos Aires.