Partidos políticos podrán recibir financiamiento privado por 132 millones de pesos en 2024
El Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) determinó que para 2024, los partidos políticos podrán recibir financiamiento privado, es decir de su militancia y simpatizantes, un monto máximo de 132 millones 195 mil 744.54 pesos.
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El INE determinó que el apoyo podrá ser en efectivo o en especie. Esta cantidad equivale al 2 por ciento del monto total del financiamiento público otorgado a los partidos políticos por concepto de actividades ordinarias permanentes.
¿Cuánto dinero podrá recibir cada partido político de parte de su militancia?
Según lo acordado por el INE, las aportaciones que cada partido político nacional podrá recibir de simpatizantes, así como del conjunto de las precandidaturas y candidaturas, en dinero o en especie, tendrán un tope de 42 millones 963 mil 332.50 pesos.
Mientras que el límite individual de aportaciones que cada partido podrá recibir será de dos millones 148 mil 166.62 pesos.
El acuerdo establece que, con base en la legislación vigente, la suma del financiamiento privado de los partidos políticos, bajo todas sus modalidades, incluido el autofinanciamiento y rendimientos financieros, en ningún caso podrá ser superior al monto de financiamiento público asignado para el sostenimiento de sus actividades ordinarias permanentes y actividades específicas.
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El objetivo de delimitar estos montos, de acuerdo con lo expuesto por los consejeros, es evitar que entre dinero ilícito a las campañas de las próximas elecciones.
“A nadie conviene que dinero ilícito entre a las campañas electorales, pues la licitud de los recursos privados garantiza que el compromiso sea con la ciudadanía y materialice que el fin común de la representación política se haga con las reglas y sin dinero ilícito”, dijo la consejera Norma de la Cruz.
En tanto, la consejera Carla Humphrey dijo que con el acuerdo se garantiza la transparencia y una adecuada rendición de cuentas del proceso electoral.
¿Qué es el financiamiento privado?
De acuerdo con la Ley General de Partidos Políticos, el artículo 53 establece que los partidos políticos podrán recibir financiamiento que no provenga del erario público, con las modalidades siguientes:
Financiamiento por la militancia
Financiamiento de simpatizantes.
Autofinanciamiento.
Financiamiento por rendimientos financieros, fondos y fideicomisos.
Además, se establece que estas aportaciones serán deducibles del Impuesto sobre la Renta, hasta en un monto del veinticinco por ciento.