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Otorgan suspensión provisional al padrón de telefonía móvil

Diana Lastiri

CIUDAD DE MÉXICO, junio 15 (EL UNIVERSAL).- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) notificó la concesión de una suspensión provisional a la reforma que estableció la creación del Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil (Panaut).

Este lunes, la ministra Norma Lucía Piña Hernández admitió a trámite la controversia constitucional planteada por el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) contra el Panaut.

La ministra indicó que negó la suspensión provisional que el IFT solicitó en unos términos y la concedió en otros; sin embargo, en el extracto publicado por la Corte no se dieron a conocer los efectos de tal determinación.

"Se niega la suspensión en los términos solicitados por el Instituto Federal de Telecomunicaciones, bajo los argumentos contenidos en el cuerpo del presente acuerdo. Se concede la suspensión solicitada por el Instituto Federal de Telecomunicaciones, en los términos y para los efectos que se indican en este proveído.

"La medida suspensional surtirá efectos de inmediato y sin necesidad de otorgar garantía alguna, sin perjuicio de que pueda modificarse o revocarse derivado de algún hecho superveniente", señala la publicación.

El IFT impugnó la reforma a la Ley Federal de Telecomunicaciones en la que se le impuso la obligación de emitir los lineamientos para la operación del Panaut a más tardar en octubre.

Además, cuestionó que no se le asignó presupuesto para la creación y puesta en marcha del padrón con el que se pretende obligar a los usuarios de telefonía móvil a registrar sus datos biométricos so pena de que de no hacerlo les serán canceladas las líneas telefónicas.

La reforma establece que los datos del Panaut, entre ellos los biométricos, pueden ser compartidos por el IFT con las autoridades en casos de investigación criminal.