¿Por qué le dieron libertad condicional a Mario Marín? Defensa de Lydia Cacho prepara apelación

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Mario Marín, exgobernador de Puebla y presunto responsable del delito de tortura en contra de la periodista Lydia Cacho, recibió libertad condicional tras permanecer casi tres años en el Altiplano en el Estado de México. Tras salir, el ‘gober precioso’ debió pagar 100 mil pesos, además de permanecer en arraigo domiciliario en Puebla, cumplir con no acercarse a la periodista y portar un brazalete geolocalizador.

A Mario Marín se le dejó en libertad condicional bajo el argumento jurídico de que la Constitución, en su artículo 20, establece que una persona no debe permanecer más de dos años en prisión preventiva. Sin embargo, su libertad condicional contrasta con las 86 mil 984 personas que permanecen en la cárcel esperando una sentencia, de acuerdo a los datos presentados por el INEGI en julio de 2024. 

Desde hace un año el equipo legal de Marín buscaba recibir otras medidas de vigilancia como el uso de un dispositivo geolocalizador o el retiro de su pasaporte y visa, aunque en ese momento le fue negado. Entonces comenzó una batalla legal para lograr nuevas medidas que le dieran su libertad. 

Su cambio de medidas cautelares se da cinco días después de que también fuera dejado en libertad condicional Adolfo Karam Beltran, exdirector de la Policía Judicial de Puebla, igualmente acusado de cometer tortura contra la periodista Lydia Cacho

Organizaciones por la defensa de la libertad de expresión, el ejercicio periodístico y los derechos humanos, como Artículo 19 y Cimac, condenaron la liberación de Mario Marín y advierten que se trata de un patrón revictimizante que perpetúa la impunidad para las víctimas. 

El equipo legal de la periodista Cacho aseguró que apelará la resolución de la jueza, de la que sólo hay dos posibles respuestas: que confirmen su libertad condicional o que ordenen nuevamente su aprehensión. “Pues con la carga de trabajo que tienen, las (respuestas de) apelaciones están tardando unos tres o cuatro meses”, estima como tiempo de espera Araceli Andrade, abogada de la periodista Lydia Cacho

Cacho fue torturada tras la publicación de su libro Los Demonios del Edén, donde da cuenta de políticos y empresarios que mantenían una red de pornografía infantil en Quintana Roo. Entre los mencionados estuvieron Mario Marín, y el empresario Jean Succar Kuri

Mario Marín utilizó su cargo como gobernador de Puebla para ordenar a Karam Beltrán, entonces director de la Policía Judicial de la entidad, hacer  un operativo de traslado de la periodista, desde la ciudad donde vivía Cancún hasta el estado de Puebla, bajo la acusación de cometer los delitos de difamación y calumnia. En el  trayecto fue torturada de manera física y psicológica. 

En 2006 se revelaron grabaciones telefónicas entre el entonces gobernador y el empresario Kamel Nacif, apodado “El rey de la mezclilla”, en las que Marín afirmó que “ya le había puesto un “pinchi coscorrón” a Cacho porque en Puebla se respeta la ley”.

El paso a paso del cambio de medidas cautelares

En un primer intento se le negó la libertad condicional a Marín. Hace un año, el 9 de agosto de 2023, su equipo solicitó esa medida y le fue negada por la jueza. 

Días más tarde, el 28 de agosto de 2023, presentó una demanda de amparo en la que aseguraba que al no dejarlo en libertad condicional sus derechos habían sido vulnerados, en específico los enmarcados en la Constitución en los artículos 1,14,16, 19 y 20. 

Marín y su equipo legal argumentaron que ya había pasado más de dos años en prisión preventiva, el tiempo límite que la constitución, los pronunciamientos de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (315/2021, 408/2015, 334/2008 y 1028/1996) y la Corte Interamericana de Derechos Humanos establecen para quienes no obtienen una condena. 

Aunque la contraparte, el equipo legal de la periodista, argumenta que el retraso se debe a que la defensa de Marín ha apelado cada decisión tomada durante el caso. 

En su demanda, Mario Marín señala como culpables a dos personas:  la jueza Angélica del Carmen Ortuño, del segundo distrito en Quintana Roo, —la misma que ahora aceptó darle libertad condicional—, y al director del Centro Federal de Readaptación Social del Altiplano, en el Estado de México donde permanecía encarcelado

La demanda de amparo la promovió en otra instancia, el Juzgado Tercero de Distrito en Materias de Amparo y Juicios Federales en el Estado de México, con sede en Toluca, pero esta instancia finalmente negó tener responsabilidad del caso y lo volvió a turnar al segundo distrito en Quintana Roo, con la advertencia de que se debía resolver a más tardar en un año. 

El 10 de agosto de 2024 se citó a una audiencia donde todas las partes implicadas, el equipo legal de Lydia Cacho, el equipo legal de Marín, elementos de la Fiscalía General de la República y elementos de la Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos Cometidos contra Periodistas (FEADP), debían dar a conocer si deseaban mantener, revocar o sustituir las medidas cautelares, en este caso, la prisión preventiva. 

“La jueza, según ella, lo revisó y determinó que sí, que era posible cambiar la medida cautelar. Nosotros le dijimos que no y ahí fue el debate. La jueza dijo que todas las medidas que le puso, juntas, garantizaban que Marín podía tener su proceso desde su casa”, cuenta Araceli Andrade, abogada de la periodista Lydia Cacho. 

Los argumentos jurídicos para su salida

De acuerdo a la demanda de amparo en su versión pública, la jueza considera tres cosas para otorgar la libertad condicional: 

  1. El artículo 20 de la constitución, que señala que la prisión preventiva no podrá exceder en ningún caso más de dos años, salvo que su prolongación se deba a la defensa del acusado 

  2. El artículo 161, que detalla que cuando varían las justificaciones de imposición de una medida cautelar se puede solicitar una revocación. 

  3. El artículo 163, donde se explica que cualquiera de las partes tiene derecho a invocar datos u ofrecer medios de prueba para que se imponga, confirme, modifique o revoque la medida cautelar. 

La jueza explica que la audiencia busca resolver si se puede seguir justificando la imposición inicial, que es la cárcel de manera preventiva, pues contraviene a los pronunciamientos jurídicos que marcan dos años como máximo de cárcel preventiva.

El equipo legal de Marín aseguró que en caso de que no se le dejara en libertad, se violentaban sus derechos y se quebrantaba la Ley de Amparo, por lo que acudirían a un recurso de revisión del caso. 

Como muestra de que no se va a fugar, Mario Marín dijo tener suficientes pruebas de que se quedará en Puebla, como que tiene un contrato de renta en la ciudad que comenzó a inicios de 2024, que su esposa vive ahí y no cuenta con dinero a raíz de que congelaron sus cuentas bancarias. También ofreció entregar  su pasaporte y visa americana, además de usar un brazalete localizador. 

Por su parte, la Fiscalía General de la República expuso que debido al número de años que puede durar una persona por el delito de tortura, existe un gran peligro de fuga. Además, un contrato de renta no es justificación de permanecer en la ciudad y sus familiares tienen las cuentas bancarias descongeladas. 

La Fiscalía también recordó que Mario Marín no era un recluso más, se encontraba en un penal de alta seguridad y su salida puede obstaculizar el desarrollo de la investigación que continúa. También dijo que la víctima, la periodista Lydia Cacho, corre tal riesgo que se ha tenido que ubicar en un país distinto. 

“Yo le dije a la jueza, cuando usted lo sentencie, porque lo más probable es que lo sentencie, le faltaría por cumplir años de cárcel, yo no veo cómo él se presente voluntariamente y diga yo vengo a cumplir los años que me faltan. Obviamente no, entonces está claro que hay riesgo de fuga”, denuncia la abogada de Cacho. 

Un mensaje contra las víctimas y la libertad de expresión

La organización Artículo 19 sostiene que la liberación de Adolfo Karam y de Mario Marín “socava la confianza en el sistema judicial que es complaciente en las argucias jurídicas”. Exige a las autoridades que se continúe con el avance del caso, pues su salida no significa una absolución y queda por resolver si son culpables del delito de tortura. 

Aunque fueron liberados de manera condicional, su salida implica un riesgo para la periodista y su familia, pues Lydia Cacho sigue forzada a vivir fuera del país debido a los diversos ataques que recibió a partir de 2005. 

“El mensaje es que los agresores pueden dormir en su casa, pero las víctimas ni siquiera pueden regresar a su país. Mario Marin y Adolfo Karam Beltran están durmiendo en sus casas. Lydia tiene mucho sin dormir en su casa, entonces el sentido de justicia no se entiende”, agrega la abogada de Cacho. 

Artículo 19 enfatiza que la salida de ambos se debe a que “la tendencia de las autoridades a individualizar las acciones delictivas ha llevado a sentencias que favorecen a los perpetradores, ignorando el contexto más amplio como redes de macrocriminalidad con poder político y económico… envían un mensaje alarmante: que los poderosos pueden evadir la justicia”. 

La periodista no es la única afectada. Se trata de un mensaje hacia el resto de profesionales del periodismo, las víctimas y defensores de derechos humanos, apunta Lucía Lagunes, directora general de la agencia Comunicación e Información de la Mujer (Cimac) . 

“Especialmente pensando en la situación que enfrentamos las mujeres periodistas en este país, los enormes riesgos que estamos enfrentando… Nos ratifica o nos confirma que hay una política de impunidad, de complicidad por parte del presidente de México y el sistema de justicia encabezado por Gertz Manero”, cuenta.