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Más inmigrantes beneficiados por nuevo cambio para obtener el permiso de trabajo en EEUU

Otro grupo más de inmigrantes se beneficia del nuevo cambio en los permisos de trabajo en Estados Unidos, según un comunicado emitido por el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS).

En total, ya son siete los grupos de inmigrantes beneficiados para solicitar en línea el Documento de Autorización de Empleo (EAD), una medida que sirve para reducir los atrasos en las tramitaciones y tiempos de procesamiento.

USCIS ha dado luz verde para que ciertos solicitantes de asilo puedan presentar en línea el Formulario I-765, Solicitud de Autorización de Empleo, según el comunicado.

Ya pueden tramitar en línea de forma inmediata el permiso de trabajo los extranjeros que soliciten autorización de empleo bajo la categoría (c)(8), es decir, los solicitantes de asilo pendiente y retención de remoción y, también, los solicitantes de asilo pendiente en virtud del Acuerdo de Conciliación ABC, cuyos principales beneficiarios son los guatemaltecos y salvadoreños.

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Ya pueden tramitar en línea de forma inmediata el permiso de trabajo los extranjeros que soliciten autorización de empleo bajo la categoría (c)(8), Solicitud de asilo pendiente por un mínimo de 150 días.
Ya pueden tramitar en línea de forma inmediata el permiso de trabajo los extranjeros que soliciten autorización de empleo bajo la categoría (c)(8), Solicitud de asilo pendiente por un mínimo de 150 días.

Requisitos para presentar el Formulario I-765 en línea

Primero se presenta la solicitud de asilo, después la del permiso de trabajo. No se hace al mismo tiempo.

Solo puedes presentar el Formulario I-765 para solicitar un Documento de Autorización de Empleo (EAD) basado en tu solicitud de asilo pendiente bajo la categoría de elegibilidad (c)(8), 150 días después de presentar su solicitud de asilo.

La fecha de presentación de la solicitud de asilo es cuando USCIS recibe tu Formulario I-589, Solicitud de Asilo y Suspensión de Remoción y se encuentra en una notificación de recibo. Recuerda que este formulario ha de estar debidamente presentado.

En las instrucciones del Formulario I-765 puedes obtener más información ante cualquier duda a la hora de rellenar la solicitud del permiso de trabajo.

Tienes que crear una cuenta en línea a través de USCIS gratuitamente con my.uscis.gov para presentar el Formulario I-765. Si ya has creado una cuenta previamente, puedes usarla de nuevo y comunicarte con USCIS para saber más sobre tu solicitud a través de una bandeja de entrada segura.

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Categorías de autorización de empleo para presentar en línea

La presentación del Formulario I-765 en línea solo está disponible para ciertas categorías de solicitantes del Formulario I-765, que ahora incluyen también a los solicitantes de asilo.

Si envías el Formulario I-765 en línea para solicitar un EAD y no presentas tu solicitud bajo una categoría elegible, USCIS te puede denegar tu solicitud y, también, retener la tarifa correspondiente.

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Estas son las categorías de autorización de empleo que se pueden presentar en línea en estos momentos:

Categoría (a)(12), Estatus de Protección Temporal otorgado.

Categoría (c)(3)(A), Estudiante F1 Prefinalización de la Capacitación Práctica Opcional (OPT).

Categoría (c)(3)(B), Estudiante F1 Postfinalización de la Capacitación Práctica Opcional (OPT).

Categoría (c)(3)(C), Estudiante F1 Extensión de 24 Meses de OPT para estudiantes de ciencias, tecnología, ingeniería y matemáticas (STEM).

Categoría (c)(8), Solicitud de asilo pendiente por un mínimo de 150 días.

Categoría (c)(11), Recibió el permiso de permanencia temporal por razones humanitarias urgentes o de beneficio público significativo.

Categoría (c)(19), Ciertos solicitantes con TPS en trámite a quienes USCIS determinó elegibles para el TPS de “prima facie” — a primera vista— y recibieron un EAD como “beneficio de tratamiento temporal” bajo 8 C.F.R. 244.10(a).

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