INE lanza advertencia de multa a alcaldesa de Tepic por romper veda

CIUDAD DE MÉXICO, junio 4 (EL UNIVERSAL).- El Instituto Nacional Electoral (INE) lanzó una advertencia a Geraldine Ponce, presidenta municipal del Ayuntamiento de Tepic, en Nayarit, por haber roto la veda electoral luego de que publicara información sobre una supuesta encuestas de salida de la elección en el Estado de México.

La consultora que citó la funcionaria es originaria de Monterrey, la cual es especializada en la realización de consultas de opinión por medio de llamadas telefónicas, dicha empresa realizó una encuesta para las elecciones a la gubernatura del Estado de México.

Por lo que la alcaldesa, Geraldine Ponce, decidió compartir una captura de pantalla sobre la gráfica de dicha encuesta a las 3:30 de la tarde, por lo que con esa acción rompió la veda electoral.

¿El INE la multará a Geraldine Ponce por romper la veda electoral?

El Instituto Nacional Electoral respondió a su publicación vía Twitter, tanto el artículo 7 de la Ley General en Materia de Delitos Electorales, en donde expuso que se multa a aquellos funcionarios públicos que difundan, encuestas, sondeos que den a conocer las preferencias electorales de los ciudadanos.

Elecciones 2023: ¿Qué es la veda electoral?

De acuerdo con el Instituto Nacional Electoral (INE), la veda electoral es el conjunto de medidas que tienen el objetivo de generar condiciones para que la ciudadanía reflexione el sentido de su voto en libertad.

La veda electoral comprende el periodo de reflexión desde los 3 días previos a la jornada electoral y hasta la clausura de casillas, en este periodo se tiene prohibido los actos de campaña y de proselitismo electoral.

Así como difusión de todo tipo de propaganda electoral, exceptuando servicios educativos, de salud o protección civil, también se restringe la difusión o publicación de resultados, encuestas o sondeos de opinión sobre preferencias electorales.

¿Cuál es la sanción por incumplimiento de la veda electoral?

Violar estas restricciones supone una sanción, tal como lo dicta la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales. El Instituto Nacional Electoral es quien supervisa cada caso en cuestión, así como los órganos estatales.

Algunas de las sanciones por infringir la veda electoral son: amonestaciones, retiro de propaganda, multas, suspensiones, cancelación del registro del partido.