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¿Existe la justicia en los casos de violencia sexual? Estos tres veredictos en Argentina, España e Irlanda lo ponen en entredicho

La Fiscalia de Navarra ha solicitado el ingreso en prision de los cinco acusados por abuso sexual (Foto <span>El HuffPost)</span>
La Fiscalia de Navarra ha solicitado el ingreso en prision de los cinco acusados por abuso sexual (Foto El HuffPost)

Tres sentencias judiciales recientes han conmocionado a la opinión pública en España, Argentina e Irlanda y han generado protestas entre el movimiento feminista y grupos defensores de los derechos humanos.

El Tribunal Superior de Navarra en España ha confirmado, sin unanimidad, la sentencia que había dictado la Audiencia Provincial en la que condenaba a los cinco acusados de agredir sexualmente a una joven de 18 años a nueve años de prisión por abuso sexual y no por agresión sexual, que es el término legal en España para la violación.

En Argentina, el Tribunal Oral Criminal de Mar del Plata ha absuelto a los dos acusados por la violación y el asesinato de la adolescente de 16 años Lucía Pérez.

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Y en Irlanda, un acusado de violación fue absuelto basando la sentencia en la ropa interior de la víctima.

La Manada

El famoso caso de “la Manada”, apodo con el que se autodenominaban los cinco acusados de violación múltiple en Navarra, ocurrió hace dos años y medio en Pamplona durante la famosa fiesta de San Fermín, mundialmente conocida como los Sanfermines. En la madrugada del 7 de julio de 2016, una chica iba caminando sola por la calle y terminó en el rellano de un edificio con los cinco acusados.

Antonio Manuel Guerrero, el guardia civil condenado a 9 años de cárcel por abusos sexuales a una joven en los Sanfermines de 2016 junto a otros cuatro miembros de La Manada. (EFE/Archivo)
Antonio Manuel Guerrero, el guardia civil condenado a 9 años de cárcel por abusos sexuales a una joven en los Sanfermines de 2016 junto a otros cuatro miembros de La Manada. (EFE/Archivo)

Según la fiscal del caso, los acusados “valiéndose de su superioridad física y numérica y de la imposibilidad de la víctima de ejercer la más mínima resistencia, ante el temor a sufrir un daño aún mayor, ni huir del lugar, actuando de común acuerdo y con ánimo libidinoso, le obligaron a realizar diferentes actos sexuales con cada uno de ellos”. La víctima fue penetrada bucal, vaginal y analmente.

La fiscalía pedía para cada uno de los acusados 22 años de prisión por agresión sexual y las acusaciones populares —ejercidas por el Ayuntamiento de Pamplona y el Gobierno de Navarra— pedían 26 años por cinco delitos de agresión sexual, un delito contra la intimidad y un tercer delito por robo con intimidación.

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En abril de este año, se celebró el juicio en el que los jueces de la Audiencia Provincial determinaron que no había habido agresión sexual, puesto que no se evidenciaba violencia ni intimidación, sino un abuso sexual con prevalimiento.

Para ello “el autor de un delito se aprovecha de una concreta y especial situación de superioridad, confianza, prestigio o potestad con respecto a la víctima para poder cometer con éxito el acto criminal”, según el área de Derecho Penal de la Universidad de Navarra.

Esta sentencia acaba de ser confirmada el 5 de diciembre por el Tribunal Superior de Navarra, con los votos particulares de dos de los cinco magistrados que no están de acuerdo con la sentencia y sí apreciaron que había habido agresión sexual.

Concentración para protestar por la sentencia de la Manada frente al Tribunal Superior de Justicia de Andalucia en Granada. (Foto EFE)
Concentración para protestar por la sentencia de la Manada frente al Tribunal Superior de Justicia de Andalucia en Granada. (Foto EFE)

La clave para distinguir una “agresión sexual” de un “abuso sexual” en la legislación española está en la violencia y la intimidación.

Si se considera que no hubo violencia ni intimidación en el acto sexual forzado, entonces se dictamina que es “abuso sexual”, tal y como se ha sentenciado en el caso de la Manada.

Lo que las expertas en género y no pocos juristas se preguntan es cómo no se considera “intimidación” o “violencia” que cinco hombres fornidos obliguen a una chica de 18 años a tener relaciones sexuales sin su consentimiento.

Lucía Pérez

El caso de Lucía Pérez conmocionó a Argentina en octubre de 2016 y fue el detonante de un movimiento popular sin precedentes impulsado por las mujeres argentinas conocido como “Ni una menos”.

Manifestantes muestran afiches de la víctima de violencia de género Lucía Pérez, de 16 años, durante una protesta en Buenos Aires el 5 de diciembre de 2018. (Foto AP /Tomas F. Cuesta)
Manifestantes muestran afiches de la víctima de violencia de género Lucía Pérez, de 16 años, durante una protesta en Buenos Aires el 5 de diciembre de 2018. (Foto AP /Tomas F. Cuesta)

Tras la autopsia inicial, la fiscal del caso afirmó que Lucía había sido drogada, violada y empalada hasta morir. Luego su cuerpo había sido lavado para ocultar pruebas y abandonado en una camioneta frente a un centro de salud.

Dos años más tarde, y tras un proceso de investigación repleto de irregularidades en la que la fiscal fue apartada del caso, el 27 de noviembre de este año el Tribunal Oral Criminal de Mar del Plata dictaminó que no había habido violación ni empalamiento, y que Lucía había fallecido a causa de una sobredosis de estupefacientes que ella misma decidió ingerir.

La fiscalía pedía cadena perpetua para los acusados, pero finalmente los dos acusados por violación y asesinato solo fueron sentenciados a 8 años de cárcel por venta de estupefacientes, y el tercer acusado por encubrimiento del crimen fue dejado en libertad sin cargos.

En el juicio no se reveló el porqué de la enorme discrepancia entre la autopsia inicial del cuerpo y la opinión de los peritos que lo examinaron posteriormente. Tampoco los peritos encargados de aportar evidencias pudieron ponerse de acuerdo en si había habido o no agresión sexual.

Mujeres se lanzaron sobre el pavimento de la Avenida 9 de Julio de Buenos Aires en rechazo a la violencia de género en Argentina (Foto AP/Tomas F. Cuesta)
Mujeres se lanzaron sobre el pavimento de la Avenida 9 de Julio de Buenos Aires en rechazo a la violencia de género en Argentina (Foto AP/Tomas F. Cuesta)

En la sentencia, uno de los argumentos de los jueces para afirmar que no había habido violación fue que “No existen elementos probatorios que permitan señalar que Lucía se encontraba en una situación de subordinación o vulnerabilidad que le imposibilitaran consentir libre y voluntariamente una relación sexual, no habiéndose visto forzada ni física, ni moralmente a concurrir a la vivienda el día en que ocurrió su deceso”.

Es decir, según los jueces, el hecho de que Lucía comprara marihuana a los acusados y aceptara ir a casa de uno de ellos significa que dio su consentimiento para tener relaciones sexuales e ingerir las grandes dosis de cocaína que le causaron la muerte.

Absuelto por una tanga

Otra de las sentencias judiciales que ha causado gran polémica y rechazo social es el caso juzgado en noviembre de este año en Irlanda en el que la fiscalía acusaba a un sujeto de acorralar en un callejón a una adolescente de 17 años y agredirla sexualmente.

La diputada Ruth Coppinger sostiene una tanga durante una manifestación en apoyo a las víctimas de violencia sexual en la calle O’Connell Street de Dublín. (Foto Niall Carson/PA Images via Getty Images)
La diputada Ruth Coppinger sostiene una tanga durante una manifestación en apoyo a las víctimas de violencia sexual en la calle O’Connell Street de Dublín. (Foto Niall Carson/PA Images via Getty Images)

En este caso, durante el juicio la abogada de la defensa mostró ante un jurado la ropa interior de encaje que llevaba puesta la chica el día de la agresión, alegando que como la joven llevaba una tanga de encaje “estaba dispuesta a conocer a alguien” y por lo tanto no había habido agresión sexual sino sexo con consentimiento.

El jurado de 8 hombres y 4 mujeres absolvió al acusado de violación.

Claman justicia para las víctimas de agresión sexual

Tras la sentencia inicial de la Manada, en España cientos de mujeres y hombres salieron a las calles exigiendo justicia, y ya hay convocadas varias manifestaciones en todo el país como respuesta a la ratificación del fallo.

En Argentina, los movimientos de mujeres convocaron un paro nacional el 5 de diciembre para exigir justicia.

Y en Irlanda, miles de mujeres han ocupado las calles y las redes sociales ondeando su ropa interior como protesta y exigiendo un cambio en los procesos judiciales en los casos de agresión sexual, incluida la parlamentaria Ruth Coppinger, quién mostró una pieza de ropa interior en una sesión de debate del Parlamento.

A raíz de estas sentencias y teniendo como antecedente los movimientos #NiUnaMenos y #MeToo, defensoras de los derechos humanos de las mujeres y cientos de miles de activistas en España, Argentina, Irlanda, y en muchos otros países, están exigiendo que haya un cambio no solo en las leyes, sino en la manera de interpretarlas y de juzgar los casos de violencia sexual.

Expertas afirman que en estos tres casos, y en muchos otros que no han llegado a la palestra pública, las víctimas han sido culpabilizadas por no intentar defenderse ante la agresión y luego intentar llevar una vida normal (en el caso de la víctima de la Manada), por consumir estupefacientes (en el caso de Lucía Pérez) y por llevar ropa interior de encaje (en el caso irlandés).

Como resultado de la presión popular, en el caso de la Manada, el gobierno de España creó una comisión sobre delitos sexuales para reformar el Código Penal y se está discutiendo que todos los magistrados que juzgan estos delitos reciban formación específica.

En Argentina, el Comité de Expertas de la Convención de Belém do Pará de la OEA ha exigido a la Corte Suprema del país que revise el fallo que absolvió a los tres acusados por la violación y el asesinato de Lucía Pérez.