Embajada de EEUU en La Habana aclara qué cubanos pueden pedir la visa de turista B-2 en la isla
Los cubanos de la isla ya pueden solicitar una visa de turista B-2 de no inmigrante, que permite la entrada legal a Estados Unidos para viajes turísticos, compras, consultas médicas y visitar familiares.
Pero, no todos los cubanos podrán hacer las tramitaciones desde Cuba, solo los que cumplan con determinados requisitos.
La mayoría de los cubanos tendrá que hacer la solicitud de esta visa americana en una embajada o consulado estadounidense fuera de la isla, ya que este tipo de servicios sigue suspendido en la embajada de La Habana, informaron las autoridades consulares el miércoles.
La embajada de EEUU en La Habana, Cuba, ha emitido un alerta importante a través de su cuenta oficial de X —sitio antes conocido como Twitter— relacionada con el cambio en la validez de esta visa de turista B-2 para los ciudadanos cubanos, que desde el 25 de agosto ya son válidas por 5 años.
Importante: Hay un cambio en la validez de la visa de turista B-2 para ciudadanos cubanos. A partir del 25 de agosto de 2023, las visas B2 emitidas a ciudadanos cubanos son válidas por cinco años y permiten múltiples entradas a EE.UU. Los ciudadanos cubanos que tengan la visa…
— Embajada de los Estados Unidos en Cuba (@USEmbCuba) August 30, 2023
Estas visas, suspendidas en 2019 por la administración de Donald Trump, permiten múltiples entradas en EEUU durante todo el periodo de vigencia de la visa.
Sin embargo, la embajada de EEUU en La Habana recalca que actualmente no procesa visas B-2 de no inmigrante para viajes turísticos. Solo lo hace en determinados casos y bajo ciertas circunstancias.
Las autoridades también insisten en la importancia de no cometer simples errores por los que el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS) podría denegar la solicitud.
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Visas de no inmigrante disponibles en la embajada de EEUU en Cuba
En la actualidad, solo hay dos tipos de visas de no inmigrante que se pueden tramitar el La Habana: Visa diplomática u oficial (A o G) y la visa por razones de salud, que están disponibles para solicitantes que presentan una condición de salud de emergencia con necesidad de llevar a cabo un tratamiento médico en EEUU.
Bajo esta condición, los solicitantes deben aportar los siguientes requisitos:
▪ Una carta de un médico o institución médica en Cuba con el diagnóstico de la condición médica del solicitante de visa.
▪ Una carta de un médico o institución médica en EEUU que exprese la disposición y capacidad de tratar la condición médica del solicitante, la duración del tratamiento y, también, el costo estimado del tratamiento. Además, debe incluir los honorarios de hospitalización y todos los gastos médicos asociados.
▪ Es importante aportar toda la documentación relacionada a los fondos que el solicitante de la visa usará para cubrir los costos del tratamiento médico y los gastos del día a día durante la estancia en EEUU.
Reunida la documentación, debes visitar la página de contacto que te indicará paso a paso lo que debes hacer para enviar dicha documentación.
Si no sigues estas instrucciones al pie de la letra, incluyendo poner correctamente el asunto del mensaje, tu correo será borrado automáticamente.
Al enviar el correo electrónico a VisasHavana@state.gov, en el asunto debes escribir: “N22: EMERGENCIA NO INMIGRANTE”. En este correo debes incluir: nombre, una descripción de tu emergencia y toda la información requerida.
Para los ciudadanos cubanos que no tengan acceso a internet, la embajada estadounidense en Cuba ha puesto a su disposición una línea telefónica para información de visas con el número +53 78394152, una línea que está abierta al público de 9 a 11 a.m. de lunes a viernes, excepto los días feriados estadounidenses y cubanos.
Una vez comprobada la documentación, la embajada decidirá si puede programar una cita de emergencia para una entrevista de visa no inmigrante.
Será durante la entrevista cuando el solicitantes de dicha visa debe demostrar que cumple con todos los requisitos y es elegible para obtener un visa de acuerdo con la ley de inmigración de EEUU.
Las autoridades advierten que ni el hecho de enviar una solicitud de cita garantiza una entrevista, ni la confirmación de una cita para la entrevista garantiza la aprobación de la visa de turista.
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Cómo solicitar un cita para una visa de turista fuera de la embajada de Cuba
▪ Para solicitar un visado de turista debes presentar el Formulario DS-160 con los detalles del propósito de tu visita. Tras enviarlo en línea, obtendrás una página de verificación y un código, que necesitas para tu archivo de documentos. El formulario se rellena a través del Centro Consular de Solicitudes Electrónicas o con la ayuda de un profesional.
▪ La embajada de EEUU en La Habana aconseja programar una entrevista en cualquier otra embajada estadounidense a través del sitio web oficial www.ustraveldocs.com.
▪ Pagar las tasas de visado.
▪ Prepara tu expediente de documentos para el visado B-2.
▪ Asiste a la entrevista para el visado.
Los abogados especialistas en inmigración recomiendan antes de una entrevista poner atención a lo que pones en las redes sociales para que no te denieguen la visa de turista o la entrada en territorio estadounidense.
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Aumentan tarifas de visas de no inmigrante
La Embajada de EEUU en La Habana recuerda que han aumentado algunas tarifas de solicitud de visas de no inmigrante desde el 17 de junio de 2023.
▪ Ha aumentado de $160 a $185 dólares, la tarifa de solicitud de visa de visitante por negocios o turismo B1 y B2 , visas de no inmigrante que no están basados en peticiones, visa de estudiante y la visa de visitante de intercambio.
▪ La tarifa de solicitud de determinados visados de no inmigrante basados en peticiones para trabajadores temporales de categorías H, L, O, P, Q y R, ha aumentado de $190 a $205 dólares.
▪ La tarifa de solicitud de visados de comerciante, inversor y trabajador australiano especializado (categoría E) ha aumentado de $205 a $315 dólares.
▪ Se mantienen sin cambios de tarifa los otros honorarios consulares.
▪ Tampoco ha aumentado la tarifa de exención del requisito de residencia de dos años para determinados visitantes de intercambio.
▪ No tienen que realizar pagos adicionales los solicitantes que ya han efectuado el pago de la solicitud de una visa, pero que aún no se han presentado a la entrevista para obtener el visado o están a la espera de que se tramite su caso.
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