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Cuidado con encontrarte dinero de la calle y quedártelo: podría caerte una multa

Ir caminado por la calle y encontrarse dinero es un golpe de suerte que no ocurre todos los días. Sin embargo, debemos tener cuidado: podríamos exponernos a una multa si decidimos quedárnoslo.

Tal y como tipifica el artículo 253 del Código Penal, “serán castigados (…), los que, en perjuicio de otro, se apropiaren para sí o para un tercero, de dinero, efectos, valores o cualquier otra cosa mueble, que hubieran recibido en depósito, comisión, o custodia, o que les hubieran sido confiados en virtud de cualquier otro título que produzca la obligación de entregarlos o devolverlos, o negaren haberlos recibido".

Si la cuantía no excediera de los 400 euros, se impondrá una pena de multa de uno a tres meses de cárcel”, que podría ascender hasta los dos años en función del valor del objeto.

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Encontrarse dinero ajeno en la calle y quedárselo está penado por la ley. Getty Creative.

Por otro lado, el artículo 254 del Código Penal detalla que “si se tratara de cosas de valor artístico, histórico, cultural o científico, la pena será de seis meses de prisión a dos años”. Lo que la ley quiere decir con esto es que se da por hecho que quien ha perdido algo no tiene la intención de deshacerse de ello, sino que busca recuperarlo.

Es por ello que muchos juristas hacen hincapié en la importancia de aplicar el sentido común. En estos casos, es evidente que el propietario no se quería deshacer del dinero que nos hemos encontrado, por lo que lo mejor es siempre devolverlo para ahorrarnos problemas.

Claro está, todo depende del valor de la cantidad encontrada. No es lo mismo hallar una moneda de dos euros que dar con una cartera con, por ejemplo, más de 1.000 euros en efectivo.

¿Qué podemos hacer?

El Código Civil es el que nos indica en este caso lo que hay que hacer si nos encontramos dinero o algún objeto de valor en la calle. En este caso, “se debe restituir a su anterior poseedor. Si este no fuere conocido, deberá consignarla inmediatamente en poder del Alcalde del pueblo donde se hubiese verificado el hallazgo". En resumen: nos vale con ponernos en contacto con la Policía Local para que se hagan cargo o llevarlo a la Oficina de Objetos Perdidos.

Una vez que hayamos entregado nuestro hallazgo, en caso de que su propietario no lo recoja, deberán pasar dos años para que la persona que lo encontró se lo pueda quedar. Además, en caso de que aparezca el dueño, la persona que lo encontró y entregó tiene derecho a una recompensa. Esta sería de una décima parte del valor del objeto, siempre y cuando no supere los 12 euros, o vigésima, si la cantidad hallada o el bien es superior a este valor.

Por tanto, de cara a un próximo encuentro casual por la calle con dinero o un bien de valor, conviene primero cerciorarse de quién es su dueño. Si no, la suerte podría convertirse en una desgracia y hacernos pasar un mal trago.

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