Coronavirus: las licencias de conducir extienden su vigencia por un año en CABA

La prórroga incluye a las licencias con fecha de vencimiento entre el 15 de febrero y 31 de octubre de 2020 y el nuevo plazo se computará a partir del día siguiente del vencimiento.

El gobierno de la Ciudad de Buenos Aires extendió por un año la vigencia de las licencias de conducir con fecha de vencimiento entre el 15 de febrero y 31 de octubre de 2020. La medida está en línea con lo dictaminado por el Poder Ejecutivo nacional en el marco del aislamiento social, preventivo y obligatorio a causa de la pandemia de coronavirus.

El periodo de extensión se computará a partir del día siguiente al de la fecha de vencimiento presente en cada licencia. Esto significa que si el vencimiento era el 20 de febrero de 2020, se mantendrá su vigencia hasta el 20 de febrero de 2021.

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A través del decreto de necesidad y urgencia (DNU) N°11/20 ratificado por la Legislatura porteña y publicado el 31 de julio pasado, el Gobierno de la Ciudad actualiza el N° 1/20 que declaró la Emergencia Sanitaria en la Ciudad. Esta medida se suma a las diferentes políticas públicas adoptadas por el Gobierno porteño para mitigar el contagio de Covid-19 durante la pandemia declarada por la Organización Mundial de la Salud (OMS).

La prórroga del vencimiento se produce en el marco del aislamiento social, preventivo y obligatorio y fue establecido por un decreto del Gobierno de la Ciudad ratificado por la legislatura porteña

Taxis, remises y otros vehículos

Así mismo, el DNU establece que se prorroga por doscientos días corridos la vigencia de registros de transportes de taxis, remises, escolares y vehículos destinados al servicio de mensajería y delivery, cuyo vencimiento esté establecido entre los días 15 de febrero y 31 de agosto de 2020.

Al igual que con las licencias de conducir, el plazo de prórroga se computará desde el día siguiente a la fecha de vencimiento consignada en cada registro.

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En tanto, las licencias de los taxis cuyo vencimiento opere entre el 15 de febrero y el 31 de agosto de este año también se prorrogan de manera excepcional por el término de 200 días corridos. Igual que en los casos anteriores, el DNU establece que el plazo de prórroga comenzará a partir del día subsiguiente a la fecha de vencimiento de cada licencia.

La Ciudad informó, asimismo, que en línea con las acciones que está llevando adelante el Gobierno porteño junto con el Gobierno Nacional, la atención en las Sedes Comunales y en Sede Central se encuentra suspendida hasta una vez finalizado el Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio.