Coronavirus. Extienden la cobertura de las prepagas para los recién nacidos en cuarentena

Inés Pujana compartió la feliz noticia en su cuenta de Twitter. "Y finalmente un 8 de abril llegó Isabel al mundo, nuestro rayito de sol en medio de la pandemia", escribió y subió la primera foto de su beba. "Al resto de las mamás que están a punto de parir en medio de este caos, les quiero transmitir que no tienen que preocuparse. Todo está funcionando como se debe".

La de Inés es una historia de felicidad, pero también de muchos temores hoy compartidos antes y después de la sala de parto. ¿Cómo responderá el sistema sanitario en medio de una pandemia para recibir un bebé? ¿Habrá problemas para llegar al hospital en medio de la cuarentena? ¿Compartir las primeras horas de vida de un recién nacido en el mismo lugar en el que se trata un peligroso virus? Y para más para adelante: si el bebe no puede tener hoy un DNI hoy, ¿cómo hago para seguir viendo al pediatra sin acceso a mi prepaga?

Para lo primero, Inés dio garantías clara en su posteo. "No podemos más que agradecerle a la vida por lo bien que salió todo. Y al equipo de médicos, parteras y enfermeras, que hicieron que la experiencia fuera un lujo", dijo la feliz mamá en su cuenta. Para lo último, hay un principio de solución que el Gobierno publicó horas atrás en el Boletín Oficial más allá de que todas las mamás ya contaban con 30 días de plazo para hacer los trámites de sus bebes con atención garantizada, según lo que establece el Programa Médico Obligatorio (PMO).

La resolución 309 de la Superintendencia de Servicios de Salud del martes pasado estableció que de manera excepcional todos los agentes del seguro de salud y las entidades de medicina prepaga "deberán incorporar, de manera provisoria y por el término de hasta 45 días posteriores a la finalización del período de aislamiento social, preventivo, y obligatorio (.) a las hijas e hijos de afiliadas y afiliados titulares nacidos a partir del 20 de febrero de 2020, con sola acreditación del nacimiento y parentesco". Los 45 días son corridos, no hábiles, según los detalles de los considerandos de la norma publicada.

Para esto último -acreditación de la identidad y el nacimiento-, el artículo uno de la norma publicada en el Boletín Oficial habilita la sola presentación de la partida de nacimiento, el certificado médico de nacimiento expedido por el establecimiento médico asistencial de gestión pública o privada suscripto por el médico, obstetra o agente sanitario habilitado que hubiera atendido en el parto o "cualquier otro instrumento que, en copia u original, permita tener acreditada, razonablemente, la ocurrencia del nacimiento".

"Una vez finalizado el aislamiento social, preventivo y obligatorio por parte del Poder Ejecutivo Nacional, las afiliadas y los afiliados titulares deberán tramitar ante la Dirección Nacional del Registro Nacional de las Personas el Documento Nacional de Identidad (DNI) del o la menor y presentarlo por ante el Agente del Seguro de Salud o la Entidad de Medicina Prepaga a la que pertenece, antes del vencimiento del término establecido en el artículo 1º", dice el segundo artículo de la norma publicada.

Si se vence ese período de tiempo sin presentar la documentación, la empresa de medicina prepaga podrá disponer la "suspensión provisoria" del niño "hasta tanto el afiliado titular dé cumplimiento con la entrega de la documentación que acredite su identidad".

Algunas de las clínicas que aceptan partos ya tenían oficinas donde se puede hacer el trámite de DNI. "Nosotros tenemos dos clínicas, la de Los Arcos y la Suizo Argentina, donde se puede emitir el documento ahí mismo", contó a LA NACION, Miguel Blanco, director ejecutivo de Swiss Medical. Lo mismo ocurre en el Hospital Alemán, entre otras instituciones privadas y públicas. Sin embargo, esas opciones, que funcionan muy eficientemente en situaciones de normalidad, pueden sufrir limitaciones en medio de la cuarentena.

Es por eso, que el Gobierno emitió la resolución. Sin embargo, Blanco recordó que "por un mes y sólo con los datos de la madre, esos chicos ya estaban cubiertos". "Conocemos la norma y la compartimos. De hecho, antes, los bebés tenían 30 días para afiliarse. Ahora podrán atenderse con el carnet de la mamá hasta superar la cuarentena", contaron desde OSDE.

Esto lo recuerda la norma publicada en sus considerandos. "Que conforme lo establecido en el Anexo I de la Resolución Nº 201/02 del registro del Ministerio de Salud, que aprobó el Programa Médico Obligatorio (PMO), los agentes del seguro de salud y las entidades de medicina prepaga deben asegurar a sus afiliados y afiliadas la cobertura del Plan Materno Infantil, que comprende la atención durante el embarazo y el parto a partir del momento del diagnóstico y hasta el primer mes luego del nacimiento de la niña o el niño, así como también la atención del recién nacido hasta cumplir un año de edad, con cobertura al 100% tanto en internación como en ambulatorio y exceptuado del pago de todo tipo de coseguros", recuerda la resolución difundida en el Boletín Oficial.

Luego de primer mes de vida, el recién nacido, debe ser incorporado a su grupo familiar primario como afiliado no titular a cargo del progenitor titular, para lo cual se necesitará indefectiblemente DNI. Es la forma para acceder a la cobertura. Pero la opción de tramitarlo no existe en cuarentena obligatoria y ese es el problema que la resolución buscó solucionar con el objetivo de que tener un hijo durante la pandemia sea un poco más fácil.