Coronavirus en la Argentina: procesaron a los dos primeros casos detectados en Chaco por propagar el Covid-19

La jueza federal Zunilda Niremperger procesó a una abogada y a su hija por propagar una enfermedad contagiosa

Una médica y su hija, que habían estado de vacaciones en España, Francia y Rusia, fueron procesadas por haber propagado el Covid-19 en la provincia de Chaco. Para la jueza federal Zunilda Niremperger las dos mujeres, que fueron los primeros casos detectados en esa provincia, es decir las "pacientes 0", actuaron de forma imprudente y negligente cuando volvieron del viaje que habían hecho a Europa.

Así se desprende de la resolución firmada ayer a la que tuvo acceso LA NACION. "Debo decir que las imputadas se habrían tomado con ligereza la situación de peligro de contagio del virus en los países en los que se encontraban, ya que pese a los indicios de poder encontrase frente a la enfermedad no habrían tomado recaudo alguno para evitar la propagación del virus una vez arribadas a Chaco, y por el contrario, habrían visitado amigos, lugar de trabajo y esparcimiento, actuando con imprudencia y despreocupación por el riesgo posible a tal situación", sostuvo la magistrada.

Las dos mujeres fueron procesadas sin prisión preventiva y se les trabó un embargo sobre sus bienes hasta cubrir la suma de 300.000 pesos, según informaron fuentes judiciales. La jueza Niremperger explicó que el no aislamiento de las dos imputadas a su regreso de Europa habría sido la causal que desató "la cadena de contagios comunitaria en Resistencia, a raíz de la cual han fallecido numerosas personas y que a la fecha no ha podido ser controlada".

Coronavirus: dos fiscales acusan a una médica y su hija de propagar el virus en Chaco

En un dictamen firmado en marzo pasado, los fiscales federales Patricio Sabadini y Federico Carniel habían entendido que las mujeres, una médica de 71 años y su hija de 34, actuaron con "dolo eventual" porque cuando volvieron a Chaco desde una zona de circulación conocida del virus debían conocer que representaban un riesgo para quienes las rodeaban y aun así no se aislaron.

Delito

Pero para la jueza Niremperger no hubo dolo y sí un delito culposo. Entonces, la magistrada procesó a las dos mujeres por haber violado el artículo 203 que prevé una pena de entre seis meses y cinco años de prisión para quien "propague una enfermedad peligrosa y contagiosa para las personas" por su accionar negligente o imprudente.

"Debe resaltarse que desde su regreso al país, la primera conexión que mantuvieron las imputadas con otras personas fue con sus familiares más cercanos, entre los cuales se hallaban sus propios hijos y nietos. Esta circunstancia me hace suponer la falta de intención. Por lo que, la inicial imputación de propagar (contagiar a sabiendas) una enfermedad peligrosa y contagiosa, queda descartada por no hallar elementos de carácter relevantes que así la sostengan", explicó la magistrada.

Según el expediente judicial, desde marzo pasado, cuando se identificaron los dos primeros casos positivos en Chaco que, justamente, fueron la médica y su hija, existen hasta la firma del procesamiento 2300 contagios, entre ellos familiares de las dos acusadas, y 109 fallecidos.

"Ya que si bien, los países visitados [España, Rusia y Francia] declararon la cuarentena en el mes de marzo, es decir varios días después de que las imputadas egresaran [sic] del continente europeo, en la mayoría de los países europeos hubo medidas previas que ya circulaban alrededor del mundo a través de las noticias. Es decir, que a la fecha de su regreso, en la mayoría de los países a nivel global, incluida la Argentina, ya se conocía de la existencia del virus y la emergencia sanitaria que este representaba en el mundo, por lo que, teniendo en cuenta la publicidad y notoriedad que la situación representaba, las nombradas no habrían actuado con el debido cuidado y/o prudencia que el caso ameritaba. Más aún, cuando al ser consultadas sobre el conocimiento del virus", explicó la jueza.

Declaraciones

En sus declaraciones indagatorias, tanto la médica como su hija, explicaron que en ningún momento de su estadía en los países que visitaron, como así tampoco en los aeropuertos en los que estuvieron, les indicaron qué protocolos seguir respecto al virus, "por lo que tal aspecto resulta relevante en cuanto permite, en este análisis preliminar, descartar el dolo por parte de las imputadas".

"No puede pasarse por alto la calidad especial que reviste una de las imputadas, quien como ya lo refiriera, al poseer una actividad especializada, médica pediatra, tuvo que, al menos, tener la sospecha clínica de que los síntomas propios y de su hija podían deberse al coronavirus, y que de no tomar algún tipo de recaudo podrían haber sido potenciales transmisoras de dicho virus", se afirmó en la resolución donde se procesó a las dos imputadas.

Según se desprende del expediente judicial, las imputadas presentaban síntomas de resfrío, fiebre y malestar general desde el 2 de marzo de marzo pasado, tres días después de su llegada a la Argentina.

A pesar de los síntomas continuaron con sus actividades normales. La médica estuvo en el hospital pediátrico de Resistencia y su hija en la Universidad de Humanidades, donde es becaria. Ambas estuvieron en contacto con otras personas.

"Surge entonces, un actuar indiferente ante los síntomas clínicos que presentaban desde el día 2 de marzo pasado, y lejos de tomar algún tipo de medida, estuvieron en contacto con numerosas personas de su círculo íntimo y de trabajo pudiendo colegir que habrían tenido un actuar negligente e imprudente. Ello así, en virtud de que, a partir de la fecha en que las imputadas habrían presentados los primeros síntomas clínicos, similares a los del Covid-19, y teniendo en cuenta la situación sanitaria mundial de público conocimiento, cualquier otra acción que no fuera el aislamiento voluntario, representa una actitud imprudente", sostuvo la jueza en su fallo.