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Cigarro y bebidas alcohólicas solo pueden importarse por AICM: Cofece

CIUDAD DE MÉXICO, enero 27 (EL UNIVERSAL).- La Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) considera que el decreto que prohíbe las operaciones de carga aérea en el Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México (AICM) podría ocasionar mayores precios finales a los consumidores o una reducción de oferta de productos que actualmente utilizan el AICM para su distribución.

Ya que existen productos cuya "única opción para ser importados", en caso de requerir un aeropuerto, es a través de la aduana ubicada en el AICM.

Es el caso de productos radiactivos y nucleares; precursores químicos; cigarrillos que contengan tabaco; calzado; y bebidas alcohólicas. Estos productos, en concordancia con el Anexo 21 de las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2022 establece que solo podrán utilizar la aduana del AICM para su importación al país.

Por lo tanto, dada la restricción de transporte de carga en el AICM, sería necesario, primero, la modificación de las Reglas Generales de Comercio Exterior indicó la Cofece.

Además de los productos mencionados, hay otros cuya disponibilidad se reduciría y sus precios aumentarían en perjuicio de los consumidores, en tanto se habilita otra aduana en algún aeropuerto para llevar a cabo el trámite de importación.

Recomienda mejorar infraestructura y logística, sin prohibir vuelos de carga en AICM

Por lo anterior, la Cofece recomienda mejorar la infraestructura y condiciones logísticas para el manejo de carga en otros aeropuertos del país.

Y en tanto se implementa esta política pública, "no prohibir el servicio público de transporte aéreo de carga nacional e internacional desde el AICM".

"Obligar a los concesionarios y permisionarios que proporcionan el servicio público de transporte aéreo de carga a trasladar sus operaciones a otros aeropuertos aledaños podría repercutir, al menos inicialmente, en tanto se adecua la infraestructura aeroportuaria y de transporte de carga, en un aumento de los costos logísticos de las empresas de transporte como los costos relacionados con el transporte terrestre y tiempos de entrega de la carga en los puntos de destino", indicó la Cofece.

Además, el decreto no presenta un análisis respecto de los aeropuertos que cuentan con infraestructura, conectividad y capacidad similar al AICM y que serían viables para el transporte de carga.

El gobierno está promoviendo el Aeropuerto Internacional Felipe Ángeles (AIFA) para el traslado de la carga aérea, pero no presenta un análisis de su infraestructura para operar carga aérea.

Ven práctica monopólica

Por su parte, el abogado Gerardo Sánchez Henkel señaló la necesidad de realizar un análisis de competencia económica, pues tanto el AICM como el AIFA pertenecen a un mismo agente económico en el mercado relevante de servicios aeroportuarios en la zona metropolitana de la Ciudad de México.

"La intentona de restringir el acceso a dichos servicios a los operadores de carga aérea en el AICM para forzarlos a operar en el AIFA constituye una clara práctica monopólica absoluta, sancionable con hasta el 10% de los ingresos brutos anuales del AICM", mencionó en sus comentarios enviados a la Conamer.

Por lo tanto, el especialista sugirió reelaborar el proyecto sobre bases jurídicas y económicas sólidas.