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Anularon el procesamiento de uno de los exdueños de Canal 9

Remigio González González
Remigio González González

La Cámara Federal anuló el procesamiento del empresario Remigio González González, extitular de Canal 9, en una causa relacionada con una disputa en torno al traspaso accionario de la señal televisiva con su exabogado Carlos Lorefice Lynch. El tribunal reenvió el fallo a la jueza María Servini y le mandó dictar una nueva sentencia.

El fallo fue firmado por los jueces Pablo Bertuzzi, Leopoldo Bruglia y Mariano Llorens, que revisaron la decisión de la jueza que había procesado a González González por tentativa de estafa .

Ahora, los camaristas sostuvieron que “las observaciones y agravios expresados por la defensa detentan entidad suficiente como para invalidar el auto en crisis y requerir el dictado de un nuevo pronunciamiento jurisdiccional, que realice un análisis integral de la prueba colectada y resuelva fundadamente la situación procesal del imputado”.

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Señalaron que el procesamiento de González González “detenta falencias relevantes de fundamentación” y que existe “vulneración de las garantías del debido proceso legal y del derecho de defensa por las que debe velar la judicatura”.

Indicaron los camaristas que existen dos hipótesis contrapuestas: el núcleo de la cuestión gira en torno a la titularidad de la porción mayoritaria de las acciones de la firma GBH. La querella, por un lado, asevera que mediante sendos contratos suscriptos con González González, Lorefice Lynch habría adquirido el 65% del paquete accionario. Mientras que la defensa, por otro, afirma que esos contratos fueron una mera simulación, orquestada por el propio Lorefice -como abogado y asesor de González González- para hacer frente a las exigencias de la nueva Ley de de Medios que iba s ser sancionada, la cual impedía que las licenciatarias de medios de comunicación estuvieran conformadas por una mayoría de capital extranjero.

La jueza María Servini
FABIAN MARELLI


La jueza María Servini (FABIAN MARELLI/)

Recordaron los jueces que el asunto se debatió en los tribunales de Delaware, en los Estados Unidos y en la justicia comercial. “ No es al Fuero Penal al que corresponde decidir acerca de la titularidad del paquete accionario de una sociedad comercial, la cual además tiene su sede social en una jurisdicción extranjera y se encuentra registrada en nuestro país a los efectos de poder integrar alguna sociedad local ”, indicaron.

Y señalaron que lo que se debe decidir es “si existió o no un posible hecho delictivo en virtud del cual pueda atribuirse responsabilidad al imputado Remigio Ángel González González”.

Tal es así que, analizando su procesamiento, concluyeron que “presenta vicios de fundamentación que ameritan que sea invalidado”. Le criticaron que la calificación del delito no tiene suficientes fundamentos, ya que no identifica los elementos “de ardid o engaño, error, disposición patrimonial y perjuicio; que deben estar enlazados causalmente entre sí”.

Además, en la indagatoria se acusó a Gonzalez González de falsificar una certificación y presentarla ante la Secretaría de Estado de Delaware. Pero la jueza “omitió analizar y resolver sobre este aspecto de la imputación -referido a una posible falsedad de documento público-; o al menos, sus conclusiones no quedaron plasmadas”.

“Esta cuestión resultaba vital por sus efectos sobre el núcleo de la imputación, con respecto al despliegue de un ardid dirigido a lograr la disposición patrimonial que desapoderase al querellante del paquete accionario de GBH. En concreto, no queda claro si la hipótesis delictiva sostenida en la anterior instancia ha descartado o no la falsedad de tal documento”, escribieron los jueces.

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Guillermo Marijuan

Ya que en el procesamiento “el ardid habría consistido precisamente en la utilización de un documento falso, si el contenido de tal documento se reputa luego veraz, no se comprende cuál habría sido concretamente el ardid y faltaría por tanto este elemento”.

Se observa una contradicción, dicen los camaristas, entre el procesamiento y las constancias de la causa . El proceso ante la justicia del Estado de Delaware, donde tiene su sede social GBH, fue iniciado por la demanda interpuesta por Lorefice Lynch contra González González, alegando un intento de fraude.

El procesamiento dictado, dijeron los jueces, “no permite advertir cuál habría sido concretamente la conducta defraudatoria desplegada. Fundamentalmente, al no haber individualizado un artificio con entidad suficiente como para constituir el ardid que el delito demanda como uno de sus elementos típicos”.

“Tampoco se ha explicado suficientemente de qué modo el error, que aquel ardid habría provocado en la autoridad administrativa -la Inspección General de Justicia-, podría haber generado una disposición patrimonial que resultase en un perjuicio para el querellante”, escribieron.

Aseguraron que “si el objeto de la estafa cuya comisión se endilga a González González era el paquete accionario de la firma GBH y la intención era “desapoderar a Lorefice Lynch” de esos bienes, no queda claro de qué forma podría haberse conseguido tal objetivo a partir de la presentación de un certificado ante la IGJ, a través del cual se pretendía la inscripción de un nuevo representante legal de la sociedad”.

“ El único escenario posible para un eventual desapoderamiento de las acciones de Lorefice Lynch por parte de González González (a través de una supuesta maniobra defraudatoria), sería que este último hubiera sido verdaderamente el titular de aquéllas. Y tal premisa, que constituye en definitiva el núcleo central de la controversia, no ha sido suficientemente profundizada por la resolución en crisis ”, escribieron los jueces.

Por eso mandaron a jueza que haga un “completo análisis” del expediente, entre las cuales se encontraban las decisiones dictadas en el Estado de Delaware, así como las actuaciones en trámite y resoluciones dictadas por la justicia comercial. “La valoración que se ha realizado al respecto se evidencia insuficiente”, señalaron.

Así, dispusieron anular la resolución apelada y remitir las actuaciones a la jueza para que se dicte un nuevo fallo.

El caso

Lorefice Lynch, querellante en la causa, denunció que González González desplegó una maniobra para desapoderarlo de bienes que le pertenecían y de su administración. Lorefice Lynch dijo ser dueño del 65% del paquete accionario del Grupo Belleville Holdings LLC, titular del Canal 9. En septiembre de 2007 adquirió a Televideo Services Inc el 5% de sus participaciones en Grupo Belleville Holding y González González intervino en esa operación en representación de Televideo. Más adelante, compró un 60% más de esas acciones, de manera tal que resultó ser propietario del 65% del paquete accionario de Grupo Belleville Holding. Por ambas operaciones Lorefice Lynch acordó pagar a Televideo Services Inc US$16.000.000 y una deuda que la compañía tenía de US$4 millones.

Lorefice Lynch dijo que ejerció la propiedad del 65% de la sociedad dueña del canal ante el Estado Argentino y los organismos correspondientes.

La jueza Servini, con la intervención del fiscal Guillermo Marijuan, tras dos años de investigación, dijo que González González se presentó ante las autoridades del Estado de Delaware para realizar una manifestación unilateral que le permitió, “tal como así había planificado previamente”, obtener un certificado con el cual finalmente se presentó ante las autoridades de la Inspección General de Justicia argentinas y así “desplazar a Lorefice Lynch de su participación” en la empresa dueña del canal.

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González González obtuvo una sentencia de un juez de Delaware que le dio la razón en cuanto a la titularidad de las acciones de la empresa dueña del canal. El juez extranjero dijo en su fallo que “las partes objetivamente acordaron una transferencia falsa en la cual Lorefice Lynch era el titular del 65% en apariencia solamente para el beneficio de Televideo, Gonzalez Gonzalez no está obligado a cumplir con los documentos que nombran a Lynch como propietario del 65% de Belleville”.

Ahora los camaristas cuestionaron ese razonamiento de la jueza Servini y mandaron a dictar una nueva sentencia.

En una denuncia cruzada, González González acusó a Lorefice Lynch de fraud e y de querer sacarle el canal. Lorefice Lynch terminó por vender luego las acciones de Canal 9 y la licencia de FM Aspen a Grupo Octubre, de Víctor Santa María, secretario general del sindicato de encargado de edificios, a partir del cual adquirió un conjunto creciente de medios.